S1.612 LOTE 1 – FINCA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR DE 974M² EN URB. LOS VALLEJOS

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Colmenar de Oreja, Madrid
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
250.000,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
12.500,00 €
Descripción

VIVIENDA UNIFAMILIAR EN PARCELA DE 964 m² – URB. LOS VALLEJOS (COLMENAR DE OREJA, MADRID)

Gran parcela · Vivienda en dos plantas · Zona tranquila · Arrendada con rentabilidad activa
Se subasta una vivienda unifamiliar construida sobre una amplia parcela de 964 m², situada en la Urbanización Los Vallejos, una zona residencial de baja densidad en Colmenar de Oreja (Madrid), conocida por su tranquilidad, naturaleza y excelente calidad de vida.

Un activo ideal para inversores patrimoniales, compradores que buscan vivienda con terreno, o interesados en rentabilidad.

Ubicación y entorno: naturaleza, privacidad y buena conexión

La Urbanización Los Vallejos ofrece:

  • Entorno residencial consolidado, con parcelas amplias y viviendas unifamiliares.
  • Calles tranquilas, zonas verdes y un ambiente perfecto para familias o segunda residencia.
  • Buena comunicación con Colmenar de Oreja, Aranjuez y principales vías hacia Madrid.
  • Privacidad y amplitud, con un estilo de vida más natural sin renunciar a servicios cercanos.

Una zona muy demandada por quienes buscan espacio, tranquilidad y vivienda independiente.

Características del inmueble

Parcela

  • Superficie total: 964 m².
  • Frente de 22 m y fondo de 27 m.
  • Gran superficie libre destinada a jardín, ocio o ampliaciones.

Vivienda unifamiliar
Construida hacia el centro de la parcela, con orientación al frente.
Planta baja (69,31 m² construidos / 55,08 m² útiles):

  • Garaje
  • Bodega
  • Almacén

Planta primera (79,18 m² construidos / 66,34 m² útiles):

  • Vivienda principal distribuida en varias habitaciones y dependencias
  • Escalera interior de comunicación

La edificación ocupa aprox. 80 m², destinándose el resto de la parcela a zona ajardinada y de esparcimiento.
La vivienda cuenta con todos los servicios legalmente exigidos.


Observaciones.-

La vivienda se encuentra actualmente arrendada, con arreglo a las siguientes condiciones contractuales:

  • Fecha de formalización del contrato: 1 de febrero de 2024.
  • Duración y régimen de prórrogas: Se estableció una duración obligatoria inicial de un (1) año, con prórrogas automáticas de carácter anual hasta alcanzar una duración máxima de cinco (5) años, conforme a lo pactado entre las partes.
  • Renta y forma de pago: La renta se fija en trescientos cincuenta euros (350,00 €) mensuales, abonándose mediante transferencia bancaria.
  • Fianza y garantías: Se entregó una fianza de trescientos cincuenta euros (350,00 €).
  • Situación contractual actual: El contrato se encuentra en vigor, con fecha de finalización prevista el 31 de enero de 2027


Información adicional
URBANA. PARCELA número CIENTO OCHENTA Y DOS, que forma parte de la Urbanización Los Vallejos, en Colmenar de Oreja, con novecientos sesenta y cuatro metros cuadrados.

Linda: por su frente, con calle de la Urbanización, en línea de 22 metros; por la derecha, con parcela 180, en línea de 41 metros; por la izquierda, con parcela 183, en línea de 41 metros; y por el fondo, con límite de urbanización, en línea de 27 metros.

Sobre esta vivienda se ha construído la siguiente: VIVIENDA UNIFAMILIAR situada hacia el centro y enmarcada dentro de los linderos de la parcela sobre la que se levanta, con fachada principal y puerta de entrada oriendtada hacia el lindero del frente.

Se compone de planta baja, con una superficie construida de sesenta y nueve metros treinta y un decímetros cuadrados, y útil de cincuenta y cinco metros ocho decímetros cuadrados, destinada a garaje, bodega y almacén; y planta primera, con una superficie construida de setenta y nueve metros dieciocho decímetros cuadrados, y útil de sesenta y seis metros treinta y cuatro decímetros cuadrados, distribuida en diferentes habitaciones y dependencias. Ambas plantas se comunican entre sí por una escalera interior.

La parcela sobre la que se levanta ocupa una superficie de novecientos sesenta y cuatro metros cuadrados, de los que ochenta metros cuadrados, aproximadamente es lo ocupado por la edificación, destinándose el resto de la superficie de la parcela a zona ajardinada o de esparcimiento.

Su construcción es la tradicional en este tipo de viviendas, formando conjunto con las edificaciones existentes en la zona.

La vivienda descrita está dotada de los servicios legalmente exigidos.

Observaciones.-
La vivienda se encuentra actualmente arrendada, con arreglo a las siguientes condiciones contractuales:

  • Fecha de formalización del contrato: 1 de febrero de 2024.
  • Duración y régimen de prórrogas: Se estableció una duración obligatoria inicial de un (1) año, con prórrogas automáticas de carácter anual hasta alcanzar una duración máxima de cinco (5) años, conforme a lo pactado entre las partes.
  • Renta y forma de pago: La renta se fija en trescientos cincuenta euros (350,00 €) mensuales, abonándose mediante transferencia bancaria.
  • Fianza y garantías: Se entregó una fianza de trescientos cincuenta euros (350,00 €).
  • Situación contractual actual: El contrato se encuentra en vigor, con fecha de finalización prevista el 31 de enero de 2027

Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo documentación relativa al concurso

Referencia catastral
1666114VK6316N0001PW
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CHICHÓN
Nº finca
Nº 28.159
Porcentaje de propiedad
100 %
Datos del expediente
Expediente: D. E. López A. y Dña. R. Almenara L.
Nº expediente: Conc. Voluntarios, Ordinarios 148/2025 y 174/2025
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº4 de Madrid
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad del concursado D. E. López A. y Dña. R. Almenara L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Lunes, 25 de mayo de 2026, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Miércoles, 24 de junio de 2026, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de TRES (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes de conformidad con el artículo 225 del TRLC, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en la subasta.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 – FINCA CON VIVIENDA UNIFAMILIAR DE 974M² EN COLMENAR DE OREJA (MADRID)

Registro de la Propiedad de Chinchón, Finca Registral: 28.159
250.000,00€ 12.500,00€
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta ELOPEZA LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.
10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

14. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 3% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Gastos, impuestos y cargas
Deudas de IBI: pendiente de recibir

Deudas de Comunidad de Propietarios: Se encuentra al corriente de pago, no existiendo ninguna deuda, ni ningún recibo del inmueble.

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 3% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
Catastro.pdf
Infome catastro.pdf
Informe mapas.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Calle del Olmo, 23
Complemento de dirección
Urbanización Los Vallejos
Código Postal
28380
Población
Colmenar de Oreja
Provincia
Madrid