Descripción
Se pone a la venta, mediante subasta, un lote único compuesto por:
1. Inmueble industrial destinado a la producción de embutidos y salazones cárnicas
Ubicado en el municipio de Monesterio (Badajoz), este activo está compuesto por una fábrica plenamente equipada, destinada a la elaboración, curado y almacenamiento de productos cárnicos.
La instalación cuenta con todas las áreas necesarias para el desarrollo de la actividad, incluyendo:
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Zonas de recepción y despiece
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Cámaras frigoríficas y de curación
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Salas de elaboración y envasado
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Almacenes
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Vestuarios y servicios para el personal
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Oficinas administrativas
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Instalaciones técnicas y maquinaria fija integrada en el inmueble
El inmueble se encuentra en una ubicación estratégica dentro de la comarca, tradicionalmente vinculada al sector del ibérico, y representa una excelente oportunidad tanto para continuar con la actividad como para proyectos de reconversión o ampliación.
2. Mobiliario de oficina
Incluye el conjunto de mobiliario utilizado en las oficinas administrativas de la empresa, tales como:
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Mesas de trabajo
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Sillas ergonómicas
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Archivadores y estanterías
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mobiliario auxiliar
3. Equipos informáticos
También forman parte del lote los equipos informáticos actualmente en uso, tales como:
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Ordenadores de sobremesa y portátiles
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Monitores
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Impresoras multifunción
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Equipos de red y periféricos
Este lote se vende en su conjunto, sin posibilidad de división, y constituye una excelente oportunidad para la adquisición de una infraestructura completa para la industria alimentaria.
¡ATENCIÓN LEER ATENTAMENTE EL APARTADO DE CONDICIONES!
Esta fase se inicia con el depósito del presente INFORME en el Juzgado y tras los tramites de audiencia oportunos, durante esta fase cualquier persona podrá dirigir al LIQUIDADOR oferta por el bien o bienes que desee, ofertas que deberán dirigirse al correo electrónico ofertasventadirecta@viasubasta.com identificando los bienes o lotes objeto de la oferta de manera precisa, e indicando la oferta concreta que se realiza, así como las restantes condiciones de la oferta, incluyendo en su caso la asunción de cargas, impuestos, forma de pago, etc.
Por parte de VIASUBASTA remitirá copia de la oferta mediante correo electrónico, a la dirección que el LIQUIDADOR ha suministrado en la aceptación de su designación judicial.
Para que una oferta sea considerada válida, el oferente deberá prestar una caución equivalente, al menos, al 5% del valor del bien o derecho objeto de la propuesta. La administración concursal no tendrá en cuenta las ofertas que no cumplan con este requisito.
Es fundamental leer el apartado de condiciones de la venta antes de presentar cualquier oferta.
Más información
URBANA.- Fábrica de embutidos y salazones cárnicas, en Monesterio, en BARRIO DE LA CRUZ sin número, compuesta de tres plantas, con una superficie de DOS MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, con una superficie total construida de MIL NOVECIENTOS OCHENTA METROS y CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS.
Planta sótano, con puerta de acceso desde el solar donde se ha construido, en la que se encuentran tres secaderos naturales, almacén de embalajes, sala de embalaje y expedición de curados, montacargas y dos escaleras de acceso a las restantes plantas de la fábrica; con una superficie total construida de QUINIENTOS CATORCE METROS y SETENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS.
Planta baja, con cuatro puertas de acceso directo desde el solar donde se ha construido, en la que se encuentran la recepción, pasillos, cámara de congelados, sala de descongelación, cámara de salazón, lavadero de salazones, dos secaderos artificiales de jamones, almacén de bidones de tripas, secadero artificial, secadero natural, secadero artificial de embutidos, obrador, cámara de masa, almacén de especias, local de limpieza, almacén de envases, cámara de despiezados, expedición de despiezados, sala de despiece, cámara de canales, sala de ventas, oficina, aseos, montacargas y dos escaleras de acceso a las restantes plantas de la fábrica; con una superficie total construida de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS y CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS.
Y Planta primera, con acceso desde la planta baja, en la que se encuentran dos secaderos naturales, montacargas y dos escaleras de acceso a las restantes plantas de la fábrica; con una superficie total construida de QUINIENTOS NUEVE METROS y TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS.
El resto del solar, en planta baja, con el que linda por todos sus puntos cardinales, hasta su total superficie queda como zonas verdes y zonas de acceso, en la que se ubican un aljibe, la zona de maquinaria, el lavadero de vehículos y los aparcamientos.
Linda: por su frente, prolongación del Barrio de la Cruz; por la derecha entrando, Ayuntamiento de Monesterio; por la izquierda, Maderas Sol S.L.; y por el fondo, Teófilo González Granadero.
Esta finca es segregación de la registral número 3.970 al folio 14 del libro 43 de Monesterio, tomo 346 del Archivo.
Instalaciones:
Las instalaciones se encuentran actualmente en buen estado de conservación y son 100% operativas. En la valoración contable se incluyen los terrenos y construcciones junto con las instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones y el resto de inmovilizado material, al tratarse de elementos inseparables o cuya utilidad resultaría nula y de difícil enajenación si no se considerasen de forma conjunta:
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Terrenos y bienes naturales
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Construcciones
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Instalaciones técnicas
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Maquinaria
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Utillaje
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Otras instalaciones
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Otro inmovilizado material
* Debido a la extensión del inventario, puede consultarlo en el apartado Documentos
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Dos mesas de despacho
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Diseño ergonómico y funcional.
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Una de ellas equipada con ala auxiliar lateral, ideal para ampliar la superficie de trabajo o colocar equipos adicionales.
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Acabado en melamina color madera, con líneas sobrias y profesionales.
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Armario archivador de madera
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Tamaño compacto, ideal para oficinas con espacio reducido.
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Estructura robusta con capacidad para carpetas, archivadores y documentación.
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Mesa auxiliar para impresora
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Superficie estable y resistente.
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Espacio inferior apto para almacenamiento de consumibles, papel o periféricos.
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Armario-archivador de madera de 5 cuerpos
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Compuesto por baldas abiertas en la parte superior y compartimentos inferiores cerrados con puertas.
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Ofrece gran capacidad de almacenamiento, combinando organización y estética.
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Diseño modular que se adapta a diferentes configuraciones de oficina.
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Dos sillas de oficina
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Modelos giratorios, con ruedas y diseño ergonómico.
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Asiento acolchado y respaldo cómodo, pensados para un uso prolongado.
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Ordenador de sobremesa (PC) con pantalla, teclado y ratón
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Equipo completo y funcional.
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Perfecto para tareas administrativas, contables o de gestión.
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Incluye monitor, teclado estándar y ratón óptico con conexión USB.
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Impresora multifunción Brother MFC-L2730DW
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Tecnología láser monocromo.
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Funciones de impresión, escaneo, copia y fax.
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Conectividad WiFi y USB, impresión a doble cara automática.
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Ideal para oficinas que requieren volumen medio de impresión con eficiencia y rapidez.
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SAI (Sistema de Alimentación Ininterrumpida) BIWOND
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Protege los equipos ante cortes de energía y picos de tensión.
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Mantiene el funcionamiento de los dispositivos conectados durante apagones breves.
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Elemento esencial para la protección de datos y hardware.
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Destructora de papel Fellowes PS70
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Capacidad de corte de hasta 14 hojas por pasada.
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Función de corte en tiras, ideal para proteger información confidencial.
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Receptáculo de residuos de gran capacidad, adecuada para oficinas con uso intensivo.
| Activo | Valoración |
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| NAVE SECADERO DE MONESTERIO (BADAJOZ) (F.R. 5.825) E INSTALACIONES | - |
| MOBILIARIO DE OFICINA | - |
| EQUIPOS PARA PROCESOS DE LA INFORMACIÓN | - |
| Suma de los activos | 0,00 € |
Condiciones
Las razones para la venta directa se justifican por la urgencia, las condiciones propias del producto (perecedero) evitando así tanto el deterioro de las existencias o favorecer la posible escisión total/parcial si fuera este el caso.
Fecha y hora de inicio de la publicación de esta Venta Directa será miércoles, 6 de mayo de 2026 a las 00:00 horas y finalización el viernes, 5 de junio de 2026 a las 23:59 horas.
Esta fase se inicia con el depósito del presente INFORME en el Juzgado y tras los tramites de audiencia oportunos, durante esta fase cualquier persona podrá dirigir al LIQUIDADOR oferta por el bien o bienes que desee, ofertas que deberán dirigirse al correo electrónico
ofertasventadirecta@viasubasta.com identificando los bienes o lotes objeto de la oferta de manera precisa, e indicando la oferta concreta que se realiza, así como las restantes condiciones de la oferta, incluyendo en su caso la asunción de cargas, impuestos, forma de pago, etc.
Por parte de VIASUBASTA remitirá copia de la oferta mediante correo electrónico, a la dirección que el LIQUIDADOR ha suministrado en la aceptación de su designación judicial.
En el caso de realizar una oferta por varios bienes deberá indicar si oferta por los mismos de manera individualizada (debiendo determinar el precio atribuido a cada uno o por el lote (fijando solo el precio global), de modo que solo será posible la adjudicación de parte de los bienes o derechos en el primer caso.
En el caso que concurran, de un lado, ofertas sobre bienes o derechos individuales y, de otro lado, una oferta sobre un lote que incluya (total o parcialmente) dichos bienes o derechos, el LIQUIDADOR realizará la adjudicación a favor de la oferta sobre el lote si la suma de las ofertas de los bienes individuales no alcanzase la realizada por dicho lote.
Sin embargo, si el lote incluye uno o más bienes sobre los que no se hayan recibido ofertas individuales, la adjudicación se producirá a favor de las ofertas individuales si el LIQUIDADOR considera (sobre la base de criterios objetivos) que la realización en las siguientes fases de el plan de liquidación de los bienes incluidos en el lote y carentes de ofertas individuales en esta primera fase, pudiera realizarse por un importe superior a la diferencia entre la suma de las ofertas individuales y la oferta realizada por el lote. El LIQUIDADOR justificará las razones de esta decisión en el siguiente INFORME TRIMESTRAL de liquidación que se realice.
Los bienes o derechos respecto de los que solo se haya recibido una oferta serán adjudicados al oferente por el LIQUIDADOR si la misma supera el 75% del valor que conste en inventario.
En el caso de que haya más de una oferta o de que la única presentada no alcance dicho porcentaje, el LIQUIDADOR convocará una subasta a los postores (de manera individualizada) y a quienes quisieren concurrir (a cuyo efecto dará suficiente publicidad a la convocatoria).
Esta subasta se celebrará en el plazo de
diez (10) días naturales a contar desde la finalización del plazo para abonar el precio completo del bien o derecho y tendrá lugar, de modo telemático y simultaneo, ante el LIQUIDADOR a través de la plataforma
www.viasubasta.com.
Las ofertas realizadas durante el plazo de un mes previo a esta subasta conservaran su validez, de modo que solo será posible mejorar las ofertas presentadas.
Celebrada la subasta, el LIQUIDADOR adjudicará cada uno de los bienes o derechos al titular de la mejor oferta realizada, siempre que sea igual o superior al 50% del valor que conste en inventario.
Cargas y Gravámenes.
Las ventas se verificarán libre de cargas, salvo se trate de embargos o trabas que aseguren deudas no incluidas en el pasivo inventario por no ser deudas de la Sociedad en liquidación.
En el caso de los bienes o derechos afectos a créditos con privilegio especial, salvo en caso de subrogación del adquiriente en la obligación del deudor concursado, la venta se realizará sin subsistencia del gravamen, y el precio obtenido se destinará al pago de las deudas que tuvieran tal carácter por su prioridad temporal en caso de estar afecto a más de uno, y de existir sobrante, al pago del resto de la deuda social.
Por tanto, la enajenación se producirá, a todos los efectos y una vez abonado el importe correspondiente, libre de cargas. Todo ello con independencia de que para adecuar la realidad registra a la extra-registral, es decir, para eliminar del registro la constancia de cargas que ya no existen, sea preciso acreditar ante el Juzgado la realidad de la enajenación y que el precio obtenido se ha destinado al pago de la deuda privilegiada en la medida de lo posible; en cualquier caso, los gastos de cancelación serán a cargo del adquiriente.
Igualmente, los impuestos, tasas y cargos que se puedan generar en las operaciones de liquidación serán abonados por a quien la norma oportuna determine como sujeto pasivo de dicho impuesto, tasa o tributo, ello sin perjuicio de que pueda pactarse por el adquiriente la asunción del mismo y sin que ello suponga la modificación del sujeto pasivo fijado legalmente salvo que la norma oportuna permita mediante pacto la modificación de dicho sujeto pasivo.
Los activos objeto de realización y venta directa (en adelante, los “Activos”) se venden como cuerpo cierto en el estado en el que se encuentran. El LIQUIDADOR no se hace responsable del estado de los Activos, ni presta garantía alguna sobre su situación registral, de cargas o de la veracidad de su documentación acreditativa.
En particular, el comprador renunciará expresamente al saneamiento por evicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1478 del Código Civil, con la excepción contemplada en el artículo 1476 de este mismo cuerpo legal. Asimismo, el comprador renunciará expresamente al saneamiento por vicios ocultos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1485CC.
En consecuencia, el LIQUIDADOR quedará indemne frente a posibles reclamaciones del comprador por cualquier concepto relacionado con la enajenación de los Activos o su estado de conservación.
Procede establecer, además, una serie de previsiones legales:
Primera.- El LIQUIDADOR deberá dar difusión a través de prensa escrita o por medios on-line a la posibilidad de realizar ofertas sobre los bienes y derechos objeto de liquidación.
Segunda.- Las ofertas solo se considerarán válidamente realizadas cuando el oferente haya prestado caución que suponga, al menos, el 5% del valor del bien o derecho del que se trate, por lo que el LIQUIDADOR no tendrá en cuenta las ofertas que no la hayan prestado. La caución será devuelta a los oferentes que no resulten finalmente adjudicatarios.
Tercera.- La adjudicación será provisional hasta que se haya abonado el precio completo, de modo que, si el oferente que resultare adjudicatario de un bien o derecho no abonare el precio completo en el plazo de un mes a contar desde la comunicación de la adjudicación, dicha adjudicación quedará sin efecto y el oferente en cuestión perderá la caución entregada que quedara a beneficio de la liquidación.
En el caso que existiera algún oferente más, se convocará una subasta al postor o postores de manera individualizada y a quienes quisieren concurrir a cuyo efecto se dará la suficiente publicidad a la convocatoria.
Esta subasta se realizará en el plazo de
diez (10) días naturales a contar desde la finalización del plazo para abonar el precio completo del bien o derecho y tendrá lugar, de modo telemático y simultaneo, ante el
LIQUIDADOR a través de la plataforma
www.viasubasta.com.
Las ofertas realizadas por los restantes postores antes de la pérdida de la validez de la adjudicación conservaran su validez en el seno de esta subasta, de modo que solo será posible mejorar las ofertas presentadas.
Celebrada la subasta, el LIQUIDADOR adjudicará el bien o derecho al titular de la mejor oferta realizada, siempre que sea igual o superior al 50% del valor que conste en inventario.
Finalizada esta fase resultará de aplicación a los bienes hipotecados o pignorados en su caso, el artículo 423 bis del TRLC, de modo que, si no hubiera ningún postor, el beneficiario de la garantía tendrá derecho a adjudicarse el bien o el derecho en los términos y dentro de los plazos establecidos por la Legislación Procesal Civil.
En el caso de que no ejercitase ese derecho será de aplicación lo dispuesto en el apartado segundo del citado precepto, de manera que si el valor de los bienes subastados, según el inventario, fuera inferior a la deuda garantizada, previa audiencia del LIQUIDADOR y del titular del derecho real de garantía, se adjudicaran a este por ese valor, o a la persona natural o jurídica que el interesado hubiera señalado.
A tal efecto, en el plazo de cinco (5) días desde la finalización de esta fase y si concurren los citados requisitos, el LIQUIDADOR presentará escrito en el Juzgado informando al respecto, para que, mediante diligencia de ordenación, se de audiencia al titular del derecho real de garantía por plazo de cinco (5) días. En cambio, si el valor del bien o del derecho fuera superior a la deuda garantizada, deberá pasarse a la siguiente fase, que consiste en la celebración de una subasta sin postura mínima.