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Subasta Ref.: 1638 · Tipo: Subasta

L1 - VIVIENDA DE 101,10 M² EN AVDA. LAS NEGRAS

Finalizó el 30 jul 2026, 12:18:00
Finalizada

Descripción

Vivienda de 101,10 m² en Avenida de las Negras, nº 151 (Campohermoso, Níjar)
Propiedad Horizontal · 1,23% de cuota · Edificio con sótano, planta baja y dos plantas altas
Se subasta una vivienda integrada en la edificación situada en la Avenida de las Negras nº 151, en la barriada de Campohermoso, municipio de Níjar (Almería). El inmueble forma parte de un edificio desarrollado en planta sótano, planta baja y dos plantas altas, compuesto por diversas dependencias y servicios comunes.

El inmueble disfruta, como predio dominante, de la servidumbre recíproca de paso establecida en el apartado de cargas de la finca matriz.


Localización y entorno
La vivienda se encuentra en Campohermoso, uno de los núcleos urbanos más dinámicos y con mayor actividad económica del municipio de Níjar. Su ubicación en la Avenida de las Negras, una de las vías principales de la barriada, ofrece un entorno urbano consolidado y bien comunicado.
El entorno destaca por:
  • Accesibilidad excelente, con conexión directa a la carretera que enlaza Campohermoso con Níjar, San Isidro y la autovía A?7.
  • Servicios de proximidad, incluyendo supermercados, comercios locales, centros educativos, instalaciones deportivas y servicios municipales.
  • Zona residencial estable, con edificaciones plurifamiliares y viviendas de tipología similar, lo que garantiza un entorno tranquilo y funcional.
  • Proximidad al Parque Natural Cabo de Gata?Níjar, lo que aporta valor añadido a la zona y favorece la actividad económica vinculada al turismo y servicios.
  • Buena movilidad peatonal, con calles amplias, aceras y accesos cómodos a los principales puntos de interés del núcleo urbano.
La ubicación convierte este inmueble en una opción atractiva tanto para uso residencial como para inversión, dada la demanda estable de vivienda en la zona y la presencia de servicios esenciales a escasos metros.

Observaciones: Este inmueble constituye la vivienda habitual del concursado.

Más información

Vivienda tipo 32), en planta segunda alta, señalada con el número treinta y cuatro de los elementos individuales, de la edificación sita en la avenida de las Negras, número 151, de la barriada de Campohermoso, del Ayuntamiento de Níjar.

Está desarrollada en planta de sótano, planta baja y dos plantas altas, compuesta de varias dependencias y servicios.

Tiene una superficie construida, con inclusión de su parte proporcional en los elementos comunes, de ciento un metros con diez decímetros cuadrados.

Linda: Norte, rellano distribuidor a través del cual tiene su acceso, patio de luz y ventilación y tiro de escaleras; Sur, referido patio de luz y ventilación y calle privativa de la edificación; Este, vivienda tipo 31); y Oeste, reseñado patio de luz y ventilación y tiro de escaleras y vivienda tipo 17).

CUOTA: Su cuota es de un entero con veintitrés centésimas por ciento - 1,23% -.

PROPIEDAD HORIZONTAL: Forma parte de la Propiedad Horizontal constituida sobre la finca 33315 del Ayuntamiento de Níjar, en donde le corresponde el número de orden y la cuota de participación antes expresados.

Esta finca tiene a su favor, como predio dominante, la servidumbre recíproca de paso, a que hace referencia el apartado cargas.


Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo documentación relativa al concurso

Condiciones

1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de los concursados D. F. GARCÍA G. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Martes, 30 de junio de 2026, a las 12:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Jueves, 30 de julio de 2026, a las 12:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Todos los bienes objeto de venta serán libres de cargas de conformidad con el artículo 225 del TRLC, precepto que únicamente mantiene las garantías de los privilegios especiales en el único caso de transmisión de los bienes con subsistencia del gravamen.

El auto que apruebe estas reglas especiales de liquidación acordará la cancelación de las cargas de los bienes y derechos que se realicen conforme a las mimas. No obstante, los mandamientos de cancelación de cargas únicamente se emitirán por el juzgado una vez se aporte por la administración concursal la acreditación de la efectiva transmisión de los bienes y, en el caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 - VIVIENDA DE 101,10 m² EN CAMPOHERMOSO, NÍJAR (ALMERÍA)

FINCA Nº 44.066 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº3 DE ALMERÍA
72.441,88 € 3.622,09 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta FGARCIA LOTE 1

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en la Ley Concursal sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.
14. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir/prorrogar una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Impuestos.- En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos.– El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor (Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)).

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil

Gastos, impuestos y cargas

Impuestos.- En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos.– El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor (Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)).

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

Documentos

Este lote no tiene documentos públicos.

Localización

Avenida Las Negras, 151

Campohermoso410

Datos del concurso

Expediente D. F. GARCÍA G.
Nº de expediente Concurso Ordinario 140.5/2024
Entidad Juzgado De Lo Mercantil N.º 2 De Almería