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Subasta Ref.: 1983 · Tipo: Subasta

L1 - 50% VIVIENDA SITA EN ISLA CRISTINA (HUELVA) (F.R. Nº 13.593)

Finaliza el 14 oct 2026, 18:00:00
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L1 - 50% VIVIENDA SITA EN ISLA CRISTINA (HUELVA) (F.R. Nº 13.593) — imagen 1
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Valoración 27.730,00 €
Tipo mínimo Sin tipo mínimo
Depósito de garantía 1.386,00 €

Descripción

50% del pleno dominio · Vivienda en segunda planta en Isla Cristina

Avda. Rías Carreras nº 42

70 m² construidos · 55,65 m² útiles · 2 dormitorios · Terraza · Ubicación en zona residencial consolidada

Se presenta a subasta el 50% del pleno dominio del Elemento nº 39, correspondiente a una vivienda Tipo F situada en la segunda planta, a la izquierda del portal nº 5, del edificio ubicado en Avenidas Rías Carreras nº 42, dentro de la Submanzana 12.1 – Plan Parcial Molino del Carreras, en el término municipal de Isla Cristina.

La vivienda cuenta con 55,65 m² útiles y 70 m² construidos, distribuidos en vestíbulo, estar‑comedor, cocina, terraza, dos dormitorios y baño, conformando un inmueble funcional y adecuado para uso residencial en una zona urbana consolida.

Entorno y localización
La vivienda se sitúa en una de las zonas residenciales más reconocidas de Isla Cristina, dentro del ámbito urbanístico del Plan Parcial Molino del Carreras, hoy Avenidas Rías Carreras, caracterizado por:

  • Zona residencial consolidada
  • Edificios de varias plantas con tipología moderna y homogénea.
  • Entorno tranquilo, con predominio de viviendas familiares.
  • Calles amplias y bien estructuradas, con tránsito ordenado.

Accesibilidad y servicios

  • Ubicación próxima a vías principales que conectan con el centro urbano y zonas comerciales.
  • Cercanía a equipamientos públicos, supermercados, colegios y servicios esenciales.
  • Buena comunicación con áreas de actividad y zonas de ocio del municipio.

Proximidad al entorno natural

  • Isla Cristina es conocida por su litoral, marismas y espacios abiertos, lo que aporta valor añadido a las viviendas situadas en su entorno urbano.
  • La zona del Molino del Carreras se encuentra a poca distancia de áreas verdes y paseos.

Más información

URBANA: Elemento número TREINTA Y NUEVE. En el edificio de planta baja y dos plantas altas en Isla Cristina, en la Submanzana 12.1 de la Manzana 12 del Plan Parcial número 2, Molino del Carreras, hoy Avenidas Rias Carreras, número cuarenta y dos, en término municipal de Isla Cristina.

VIVIENDA TIPO F sita en la segunda planta elevada y a la izquierda del portal número CINCO, según se mira al edificio desde la Avenida Norte.

Tiene una superficie útil de 55,65 metros cuadrados, y construida de 70,00 metros cuadrados, distribuidos en: vestíbulo, estar-comedor, cocina, terraza, dos dormitorios y baño.

Linda, según se mira desde dicha calle: derecha, caja de escalera del portal número cinco y vivienda que se describirá a continuación con el número cuarenta; izquierda, en vuelo vial que lo separa de la submanzana 12.2; y fondo, patio.

Coeficiente: Le corresponde una cuota de participación en la comunidad del edificio de 1,678 enteros por ciento, y en la comunidad de su portal de 14,714 enteros por ciento.


Condiciones

1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de la concursada Dña. A. B. Pereira P. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2.
La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Lunes, 14 de septiembre de 2026, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Miércoles, 14 de octubre de 2026, a las 18:00 horas.


3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4.
Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal


6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación. La vivienda objeto de esta subasta, se encuentra ocupada no pudiéndose acceder al interior..

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en la subasta.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas por importe de MIL EUROS (1.000,00 €).

9.
Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote, de acuerdo con la siguiente tabla:

LOTE VALORACION DEPOSITO
LOTE 1 – 50% VIVIENDA SITA EN ISLA CRISTINA (HUELVA) (F.R. Nº 13.593) 27.729,83 € 1.386,49 €

La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta ABPEREIRA LOTE 1

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.


Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12.
 En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

 

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las
responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.


Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en la Ley Concursal sin necesidad de resolución expresa del Juzgado

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad
especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá prorrogar/ampliar, o repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso


16. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el
correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de
otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar
retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Gastos, impuestos y cargas

DEUDAS DE IBI (a fecha 18/03/2025): 394,56 €


Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el
correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de
otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar
retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

Documentos

Este lote no tiene documentos públicos.

Localización

Isla cristina21410Huelva

Datos del concurso

Expediente DÑA. A. B. PEREIRA P.
Nº de expediente Concurso Ordinario Voluntario 363/2023
Entidad Juzgado De Lo Mercantil Nº1 De Huelva