S1.29. LOTE 2 – PROINDIVISO VIVIENDA Nº10

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Málaga, Málaga
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
20.000,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
3.000,00 €
Descripción

Naturaleza de la finca: urbana.

Uso: residencial.
Localización: Calle Domingo Lozano, nº10.
Superficie construida: 83,33 m².


Se encuentra en venta un porcentaje de 11,11% del pleno dominio y un 5,55% de nuda propiedad pertenecientes al concursado.


Información adicional
Naturaleza de la finca: urbana.

Uso: residencial.

Localización: Calle Domingo Lozano, nº10.

Superficie construida: 83,33 m².

Se encuentra en venta un porcentaje de 11,11% del pleno dominio y un 5,55% de nuda propiedad pertenecientes al concursado.
Referencia catastral
1856322UF7615N0001SH
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº6 DE MÁLAGA
Datos de registro
Tomo: 2.447 / Libro: 663 / Folio: 98
Nº finca
9.941
Porcentaje de propiedad
11,11 %
Superficie construida
83,33 m2
Datos del expediente
Expediente: EAP
Nº expediente: 360/2021
Entidad: Juzgado de lo Mercantil nº1 de Málaga
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de todos los activos titularidad del concursado D. EAP a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de estas fincas se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.
Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta: lunes, 2 de mayo de 2022, 18:00:00
b) Fecha y hora de finalización de la subasta: miércoles, 1 de junio de 2022, 18:00:00

3. Las ventas de estos activos se realizarán libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes y derechos.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión, ya fuera mediante levantamiento de la carga de manera voluntaria por el acreedor privilegiado toda vez que el precio obtenido se ha destinado de manera total o parcial al pago de su crédito privilegiado o, en su caso, por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal, produciéndose la venta o documento de venta con cláusula suspensiva a la espera del levantamiento de la carga.

4. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Los inmuebles objeto de subasta se venderán en el estado actual. Los ofertantes realizaran sus pujas a sabiendas que la realizan con la finca “en el estado en el que se encuentra” no pudiendo la empresa o persona adquirente reclamar nada como consecuencia del estado del referido bien.

Todas las ventas realizadas al amparo del Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismo. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, y toda vez que, dada la situación de liquidez de la compañía, se ha imposibilitado una mejor actuación para la conservación más adecuada y razonable del patrimonio de la concursada, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

5. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS desde la apertura del periodo apto para la licitación.

La Administración Concursal podrá paralizar la subasta extrajudicial en cualquier momento si así lo estima conveniente.

6. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO.

En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso sin que tenga por ello que indemnizar por daños ni perjuicios al adjudicatario de la subasta.

8. En lo no regulado en las presentes condiciones establecidas para la subasta extrajudicial, la enajenación de los bienes se acomodará a la previa autorización de la Administración Concursal, a las reglas y usos de Hermes Capital Europa, S.L. (www.viasubasta.com) y, en última instancia, en las disposiciones que resulten de aplicación del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

9. Para participar en la subasta se exigirá la prestación de una garantía o depósito conforme se establece en la siguiente tabla:

LOTE Nº FINCA TIPO LOCALIDAD VALORACIÓN       DEPÓSITO
LOTE 2 – PROINDIVISO VIVIENDA Nº10
   9.941/A   
   VIVIENDA   
PUERTO DE LA
TORRE (MÁLAGA)
20.000,00€ 3.000,00€


La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta EAP LOTE 2.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta.

El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, esta reserva quede para la nueva subasta.


10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de diez días, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

La Administración Concursal, podrá exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor. Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario de un bien o derecho haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.


13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa.

14. La aprobación final de la subasta la hace la Administración Concursal y ello sin necesidad de autorización judicial ni intervención del Letrado de la Administración de Justicia (641.4), debiendo otorgar en su caso, la correspondiente escritura pública.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación y los gastos y otros impuestos de transmisión, incluido el impuesto municipal de plusvalía, son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.
Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como empresa especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, no pudiendo la empresa especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Estos honorarios se devengarán simultáneamente a la firma de la escritura S.L. (Viasubasta) presentará en este acto la factura a favor del adjudicatario correspondiente a sus
honorarios.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

18. CONDICIÓN PARTICULAR:
DADO QUE LA SITUACIÓN REGISTRAL DE LA VIVIENDA QUE COMPONE EL LOTE 1 NO ES ACORDE A LA SITUACIÓN REAL QUE SE DESPRENDE DE LA DOCUMENTACION APORTADA POR EL CONCURSADO, EN CASO DE ADJUDICAR LA VIVIENDA, NO SE PODRÁ PEDIR RESPONSABILIDAD A LA ADMINSITRACIÓN CONCURSAL SI NO SE CONSIGUE LA INSCRIPCIÓN DE ESTA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD O DICHA INSCRIPCIÓN CONLLEVE MUCHO TIEMPO, SIENDO DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL ADQUIRENTE LOS TRAMITES PARA DICHA INSCRIPCIÓN.


Gastos, impuestos y cargas

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como empresa especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), y será atendido por la parte compradora.

DEUDAS:

Deuda IBI: pendiente de confirmación.

CARGAS:

  • POR CUATRO VECES. Esta finca queda afecta durante CINCO AÑOS, desde el día cinco de octubre del año dos mil seis, al pago de las liquidaciones que procedan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que motivó el acto de la adjunta inscripción. - En autoliquidación se declaró LIQUIDADO. Dicha nota resulta de la inscripción 2ª, al folio 98, tomo 2447, libro 663.
Documentos
1856322UF7615N0001SH.pdf
MAPAS6671.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Calle Domingo Lozano, 10
Población
Málaga
Provincia
Málaga