S3.129 LOTE 1 – EDIFICACIÓN DE DOS PLANTAS EN LOS BARRIOS

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
Los Barrios, Cádiz
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
99.954,93 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
4.997,75 €
Descripción

Se subasta un edificio de dos plantas con local comercial en la planta baja, ubicado en la calle Herrería número 8, en la villa de Los Barrios.

Características del inmueble:

  • Superficie total construida: 132,40 m²
  • Parcela: 120 m²
  • Planta baja (80,80 m²):
    • Espacio destinado a local comercial
    • Distribuido en tienda, trastienda, almacén, aseo y patio de 39,20 m²
  • Planta alta (51,60 m²):
    • Espacio destinado a almacén y aseo
    • Cuenta con terraza en la fachada

Ubicación y entorno:

  • Situado en una zona céntrica y bien comunicada de Los Barrios.
  • Linda con la calle de su situación, propiedades colindantes y el Arroyo de la calle de la Plata.


(*) Observaciones:  Actualmente esta vivienda se encuentra alquilada.

Condiciones arrendamiento.
Fecha de inicio del contrato: 1 de septiembre de 2018
Duración: 5 años
Fianza: 306,00€ (una mensualidad)
Renta anual: 3.672,00€
Renta mensual: 306,00€
Con fecha 5 de noviembre de 2021 se firma un Anexo de subrrogarción al contrato a favor de otra mercantil estableciendo un plazo de duración del contrato de arrendamiento por 5 años,  pudiéndose solicitar la no renovación por el arrendador con 4 meses de antelación al vencimiento del contrato o 2 meses antes en el caso del arrendatario.


Información adicional
URBANA: EDIFICACION DE DOS PLANTAS con planta cubierta plana y no visitable, en la calle Herrería número ocho, de la villa de Los Barrios.

La planta baja tiene una superficie construída de ochenta metros con ochenta decímetros cuadrados destinada a local comercial, y distribuída en tienda, trastienda, almacén, aseo y un patio de treinta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. La planta alta tiene una superficie construída de cincuenta y un metros con sesenta decímetros cuadrados, destinada a almacén del local comercial y aseo. En la fachada existe una terraza.

Tiene el edificio una superficie total construída de ciento treinta y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados.

La parcela donde se sitúa tiene una superficie de ciento veinte metros cuadrados.

Linda: por el frente, con calle de su situación; derecha entrando, con la número dos de don F. Ortega D.; izquierda, con don F. Ortega D.; y espalda, con el Arroyo de la calle de la Plata.


(*) Observaciones:  Actualmente esta vivienda se encuentra alquilada.

Condiciones arrendamiento.
Fecha de inicio del contrato: 1 de septiembre de 2018
Duración: 5 años
Fianza: 306,00€ (una mensualidad)
Renta anual: 3.672,00€
Renta mensual: 306,00€
Con fecha 5 de noviembre de 2021 se firma un Anexo de subrrogarción al contrato a favor de otra mercantil estableciendo un plazo de duración del contrato de arrendamiento por 5 años,  pudiéndose solicitar la no renovación por el arrendador con 4 meses de antelación al vencimiento del contrato o 2 meses antes en el caso del arrendatario


Referencia catastral
5974609TF7057S0001LI
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE ALGECIRAS
Datos de registro
Tomo: 1.394 / Libro: 324 / Folio: 7
Nº finca
1.033
Porcentaje de propiedad
100 %
Superficie construida
132 m2
Datos del expediente
Expediente: DISTRITO DESARROLLO SAN ROQUE 2006, S.L.U.
Nº expediente: Nº102/2021
Entidad: Juzgado de lo Mercantil nº2 de Cádiz
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de todos los activos titularidad de la concursada DISTRITO DESARROLLO SAN ROQUE 2006, S.L.U. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de estas fincas se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
jueves, 30 de enero de 2025, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Jueves, 15 de mayo de 2025, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de CIENTOCINCO (105) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Las ventas de estos activos se realizarán libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes y derechos.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico, así como posesorio en que se encuentre los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo del Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismo. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas de QUINIENTOS EUROS (500,00 €)

9. Para participar en la subasta se exigirá la prestación de una garantía o depósito correspondiente al 5% de la valoración del activo en el Plan de Liquidación, conforme se establece en la siguiente tabla:


LOTE VALOR PLAN DE LIQUIDACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 - EDIFICACIÓN DE DOS PLANTAS EN LOS BARRIOS 99.954,93 € 4.997,75 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta DESARROLLO SAN ROQUE 2006 LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no conste ingresado en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, esta reserva quede para la nueva subasta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado. No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o porque según su criterio, el resultado de la subasta fuere contrario al interés del concurso podrá prorrogar/ampliar el plazo, repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Impuestos.- En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos.– El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados correspondientes a la enajenación, venta o transmisión (notaría, registro de la propiedad, etc). Así como el desmontaje, retirada, transporte… de los bienes muebles correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

18. El plazo para la retirada del mobiliario no podrá ser superior a 15 días desde la fecha de aprobación de remate por la Administración Concursal.


Gastos, impuestos y cargas
Cargas.-
-Por la finca de este número: HIPOTECA.
Una HIPOTECA a favor de la entidad Sirocco Lux Sa, para responder de 192.000,00 euros de principal; intereses ordinarios durante 6 meses al 2,25% anual, por un total de 5.376,00 euros; intereses de demora durante 18 meses al 20,5% anual, por un total de 44.928,00 euros; unas costas y gastos judiciales de 18.690,00 euros Por un plazo de 240 meses, a contar desde 01 de abril de 2008 con vencimiento el 01 de marzo de 2028, respondiendo la finca de un total de 260.994,00 euros; con un valor de subasta de 298.300,00 euros. Se fija como domicilio para requerimientos y notificaciones a la parte prestataria el siguiente: esta finca. Formalizada en escritura autorizada por el/la Notario
DON RAMÓN CORRALES ANDREU, de LOS BARRIOS, con número de protocolo 208/2008, el día 05/02/08. Constituida en la inscripción 13ª de fecha 11/03/08.

CEDIDA la hipoteca de la inscripción 13ª por la inscripción 14ª.
A favor de : SIROCCO LUX SA
FORMALIZADA en virtud de instancia privada, de fecha 17 de octubre de 2014.
Inscripción 14ª de fecha 27/10/2014
MODIFICADAS LAS CONDICIONES DE LA HIPOTECA PRECEDENTE COMO SE INDICA EN LA
INSCRIPCIÓN 16ª.

NOVADA la hipoteca de la inscripción 14ª por la inscripción 16ª en los siguientes términos:
A favor de : SIROCCO LUX SA
Capital : 192.000,00 euros
Interés Ordinario : Inicial de 2,25%, 6 meses 5.376,00 euros
Intereses de demora: 18 meses 44.928,00 euros
Costas y gastos : 18.690,00 euros
Plazo : 240 meses, a partir del 01/04/2008, hasta el 01/03/2028
Notario : DON FELIPE DÍAZ BARROSO DE SAN ROQUE
Fecha escritura : 25/09/2017 Protocolo: 1809/2017
Inscripción 16ª de fecha 06 de febrero de 2018

CEDIDA la hipoteca de la inscripción 13ª por la inscripción 17ª.
A favor de : SIROCCO LUX SA
Notario : D/Dª. ANTONIO MORENÉS GILES DE MADRID
Fecha escritura : 02/03/2023 Protocolo: 260/2023
Inscripción 17ª de fecha 04/05/2023

-Por la finca de este número: AFECCIÓN AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES.
Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados desde el díatreinta y uno de enero del año dos mil dieciocho, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Autoliquidado.

-Por la finca de este número: AFECCIÓN AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES.
Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados desde el díaseis de febrero del año dos mil dieciocho, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Autoliquidado.

-Por la finca de este numero: ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVO.
ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVOA. Practicada con fecha 29 de octubre de
2020.

Una Anotación de Embargo Administrativo sobrela totalidad de esta finca, propiedad de Distrito Desarrollo San Roque 2006 S.L.,
Un ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVO a favor de la entidad HACIENDA PUBLICA, por un total de 519.366,4 euros del principal, con 19.358,96 euros por intereses 600,00 euros de Costas 212,06 euros de pagos a cuenta . Según procedimiento de fecha 03 de agosto de 2020.
Exp. CERTIFICACIÓN: En el procedimiento a que se refiere la anotación letra A, y en virtud del mismo mandamiento, se ha expedido con fecha 29 de Octubre de 2.020, certificación de cargas de la finca.

En virtud de mandamiento expedido por el AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, con número de procedimiento 112023309868K/0, con fecha de 07/08/20.
PRORROGADA la anotación de la letra A por la anotación de la letra C de fecha 07/11/2024 a favor de HACIENDA PUBLICA

Autoridad : AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Fecha mandamiento : 22/10/2024, procedimiento nº 112023309868K

-Por la finca de este numero: ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVO. ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVOB. Practicada con fecha 17 de noviembre de 2020.
Una Anotación de Embargo Administrativo sobrela totalidad de esta finca, propiedad de Distrito Desarrollo San Roque 2006 S.L.
Un ANOTACIÓN DE EMBARGO ADMINISTRATIVO a favor de la entidad TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL, por un total de 19.254,33 euros del principal, con 276,04 euros por intereses , con un recargo de apremio de 3.850,87 euros, otra cantidad en concepto de costas e intereses presupuestadas por un total de 2.000,00 euros. Según procedimiento de fecha 12 de noviembre de 2020.

Exp. CERTIFICACIÓN: En el procedimiento a que se refiere la anotación letra B, y en virtud del mismo mandamiento, se ha expedido con fecha 17 de Noviembre de 2.020, certificación de cargas de la finca.

En virtud de mandamiento expedido por el TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CÁDIZ, con número de procedimiento 11022000073940/0, con fecha de 12/11/20.

PRORROGADA la anotación de la letra B por la anotación de la letra D de fecha 03/12/2024 a favor de TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL
Autoridad : TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CÁDIZ
Fecha mandamiento : 11/11/2024, procedimiento nº 11022000073940

-Por la finca de este número: AFECCIÓN AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES.
Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados desde el díacuatro de mayo del año dos mil veintitrés, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Autoliquidado.

Deudas.-
Deudas de IBI se desconoce.

Impuestos.- En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos.– El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados correspondientes a la enajenación, venta o transmisión (notaría, registro de la propiedad, etc). Así como el desmontaje, retirada, transporte… de los bienes muebles correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
CATASTRO FR 1033.pdf
Consulta descriptiva y gráfica.pdf
MAPAS FR 1033.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
CALLE HERRERIA, 8
Código Postal
11370
Población
Los Barrios
Provincia
Cádiz