S1.605 LOTE 1 - SUERTE DE TIERRA CON ALMENDROS DE 3.685M² EN LA VIÑUELA (MÁLAGA)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
Viñuela, Málaga
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
21.948,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
1.097,40 €
Descripción
Suerte de Tierra de Secano con Almendros de 3.685 m² en La Viñuela (Málaga) (F.R. 4104)
Parcela rústica · Almendros · 3.685 m² · Paraje Hundiero · Finca indivisible
Se subasta una suerte de tierra rústica de secano con almendros, situada en el Paraje Hundiero, dentro del término municipal de La Viñuela (Málaga). La finca corresponde a la parcela 102 del polígono 1 y cuenta con una superficie total de 3.685 m² (treinta y seis áreas y cincuenta y ocho centiáreas).

Identificada con Código Registral Único 29033000591723 y Referencia Catastral 29099A001001020000YF, se trata de un terreno agrícola tradicional, propio del paisaje de la Axarquía, con aptitud para cultivo de secano y mantenimiento de arbolado existente.

Ubicación y entorno
La finca se encuentra en un entorno rural característico de La Viñuela, zona conocida por su actividad agrícola, su orografía suave y su cercanía al embalse y a los núcleos rurales de la comarca. El paraje Hundiero ofrece:
  • Acceso a caminos rurales habituales de explotación.
  • Entorno agrícola consolidado, con parcelas colindantes en producción.
  • Paisaje típico de almendros y cultivos de secano propios de la Axarquía.

Características de la finca
  • Superficie: 3.685 m².
  • Uso: Tierra de secano con almendros.
  • Naturaleza: Rústica.
  • Paraje: Hundiero, La Viñuela.
  • Parcela: 102 del polígono 1.

Puntos de interés del lote
  • Finca rústica en zona agrícola consolidada de La Viñuela.
  • Terreno de secano con almendros, cultivo tradicional de la comarca.
  • Parcela de 3.685 m², adecuada para explotación agrícola o mantenimiento del arbolado.
  • Entorno natural y rural, con paisaje típico de la Axarquía.



Información adicional
RUSTICA. Suerte de tierra de secano con almendros, situada en el paraje Hundiero, del termino municipal de la Vinuela, es la parcela 102 del poligono 1.

Tiene una superficie de treinta y seis areas y cincuenta y ocho centiareas.

Linda: al Norte, con la parcela numero cien, propiedad de Don J. Gallego G.; al Sur, con la parcela numero 9.002 del paraje Arroyo Grande, propiedad del Estado, del Ministerio de Medio Ambiente, Confederacion Hidrografica del Sur; al Este con la parcela numero ciento tres propiedad de Don A. Fortes F.; y al Oeste con la parcela numero 101, propiedad de Don A. Pascual M.

Esta finca es indivisible.

Codigo registral unico: 29033000591723 .- Referencia Catastral: 29099A001001020000YF.-

Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo documentación relativa al concurso
Referencia catastral
29099A001001020000YF
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº1 DE VÉLEZ-MÁLAGA
Nº finca
Nº 4104
Porcentaje de propiedad
100 %
Superficie parcela
3.685 m2
Datos del expediente
Expediente: LOVIRA AXARQUIA, S.L.
Nº expediente: Concurso Voluntario, Ordinario 792/2020
Entidad: Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Málaga
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad del concursado Lovira Axarquía, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Viernes, 22 de mayo de 2026, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Lunes, 22 de junio de 2026, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA Y UN (31) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de TRES (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.
5. Todos los bienes objeto de venta serán libres de cargas de conformidad con el artículo 225 del TRLC, precepto que únicamente mantiene las garantías de los privilegios especiales en el único caso de transmisión de los bienes con subsistencia del gravamen.

El auto que apruebe estas reglas especiales de liquidación acordará la cancelación de las cargas de los bienes y derechos que se realicen conforme a las mimas. No obstante, los mandamientos de cancelación de cargas únicamente se emitirán por el juzgado una vez se aporte por la administración concursal la acreditación de la efectiva transmisión de los bienes y, en el caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.
6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en la subasta.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de MIL EUROS (1.000,00 €)

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 – SUERTE DE TIERRA CON ALMENDROS DE 3.685M² EN LA VIÑUELA (MÁLAGA)

Registro de la Propiedad Nº1 de Vélez-Málaga, Finca Registral 4104
21.948,00 € 1.097,40 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta LOVIRA LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

9. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

10. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

11. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) perderá la caución entregada (que pasará a formar parte de la masa activa del concurso).

En este caso, la adjudicación quedará sin efecto no se podrá adjudicar los bienes al siguiente oferente, debiendo aperturarse un nuevo proceso de subasta de libre concurrencia por plazo de 15 días.

12. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en la Ley Concursal sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

13. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

14. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

15. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

17. El plazo para la retirada de los bienes muebles no podrá ser superior a 15 días desde la fecha de aprobación de remate por la Administración Concursal.


Gastos, impuestos y cargas
Deudas de IBI (a fecha 23/04/2026): 187,81 €
  • Ejercicio 2011: 19,23 €
  • Ejercicio 2012: 16,36 €
  • Ejercicio 2013: 37,98 €
  • Ejercicio 2014: 37,81 €
  • Ejercicio 2015: 37,23 €
  • Ejercicio 2016: 19,00 €
  • Ejercicio 2021: 10,24 €
  • Ejercicio 2022: 9,96 €

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.
Documentos
Consulta descriptiva y gráfica.pdf
Informe catastro.pdf
Informe de mapas.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Polígono 1, parcela 102
Complemento de dirección
Paraje Hundiero
Población
La Viñuela
Provincia
Málaga