S1.589 LOTE 1 – PROINDIVISO 1/4 VIVIENDA DE 149M² EN LOPERA (JAÉN)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Lopera, Jaén
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
18.378,68 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
918,93 €
Descripción
25% del Pleno Dominio (Carácter Privativo) – Casa en Calle Jesús, 74 · Lopera (Jaén)
149 m² construidos · 197 m² de solar · Vivienda tradicional con potencial de reforma · Activo patrimonial en núcleo urbano
Se transmite el 25% del pleno dominio, con carácter privativo, de una casa situada en la calle Jesús nº 74, en Lopera (Jaén). La finca cuenta con una superficie construida de 149 m² y un solar de 197 m², distribuidos en diversas dependencias y servicios, lo que la convierte en un activo con alto potencial de rehabilitación o inversión patrimonial.

La vivienda forma parte del casco urbano tradicional de Lopera, con fachada a la calle Jesús y linderos con propiedades colindantes. La finca dispone de representación gráfica inscrita y coordinada con Catastro, aportando seguridad jurídica sobre sus límites y superficie.
Referencia catastral: 3108040UH9030N0001WO.

Zona y localización
La propiedad se ubica en una de las calles históricas y residenciales de Lopera, un municipio con encanto, servicios cercanos y buena accesibilidad. La zona ofrece:
  • Entorno tranquilo y consolidado
  • Proximidad a comercios locales, servicios municipales y equipamientos básicos
  • Conexión cómoda con el centro urbano y vías comarcales
  • Un ambiente tradicional, ideal para proyectos de vivienda o inversión
Es una ubicación atractiva para quienes buscan una propiedad amplia, con posibilidades de reforma y situada en un entorno urbano estable.

Puntos de interés del lote
  • Se vende 1/4 del pleno dominio, con carácter privativo
  • Vivienda amplia con gran superficie de solar
  • Ideal para reforma, inversión o ampliación patrimonial
  • Ubicación céntrica en calle Jesús, zona tradicional del municipio
  • Finca con coordinación gráfica catastral, aportando claridad y seguridad
  • Oportunidad para inversores, familias o proyectos de rehabilitación

Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo, documentación relativa al concurso


Información adicional
URBANA. Casa en la calle Jesús, nº 74, de Lopera, con una superficie construida de ciento cuarenta y nueve metros cuadrados, y una superficie de solar de ciento noventa y siete metros cuadrados, dividido en diversas dependencias y servicios.

Linda: de frente, con la calle de situación; por la derecha, entrando, con casa de doña C. Quero H.; por la izquierda, entrando, con casa de don J. Medina C.; y por el fondo, con nave de doña F. Ruiz Q. y con finca en calle Manuel de Falla, en investigación en el Catastro.

Inscrita la representación gráfica de esta finca de la que resultan tanto las coordenadas georreferenciadas de los vértices perimetrales de la misma, como los
de la parte ocupada por la edificación, que constan en el archivo electrónico firmado y cuyo contenido puede verificarse con el C.S.V.: 22300235D9467D8C en https://www.registradores.org, quedando coordinada con Catastro a fecha de diecinueve de junio de dos mil diecisiete.

Referencia catastral: 3108040UH9030N0001WO
Esta finca no se encuentra coordinada gráficamente con Catastro a los efectos previstos en la Ley 13/15.


Referencia catastral
3108040UH9030N0001WO
Registro de la propiedad
Registro de la Propiedad de Andujar
Nº finca
13.388
Datos del expediente
Expediente: DÑA. M. RUIZ Q.
Nº expediente: Concurso voluntario, ordinario 626/2025
Entidad: Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Sevilla
Condiciones
1. El órgano social de la mercantil Dña. Mercedes Ruiz Quero designa como entidad especializada para la realización de todos sus activos a Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Lunes, 08 de junio de 2026, a las 12:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Miércoles, 08 de julio de 2026, a las 12:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Todos los bienes objeto de venta serán libres de cargas de conformidad con el artículo 225 del TRLC, precepto que únicamente mantiene las garantías de los privilegios especiales en el único caso de transmisión de los bienes con subsistencia del gravamen.

El auto que apruebe estas reglas especiales de liquidación acordará la cancelación de las cargas de los bienes y derechos que se realicen conforme a las mimas. No obstante, los mandamientos de cancelación de cargas únicamente se emitirán por el juzgado una vez se aporte por la administración concursal la acreditación de la efectiva transmisión de los bienes y, en el caso de bienes sujetos a privilegio especial, el pago al acreedor privilegiado.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.
7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en la subasta.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:

LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 - PROINDIVISO 1/4 VIVIENDA DE 149M² EN LOPERA (JAÉN)
Registro de la Propiedad de Andujar, Finca Registral 13.388
18.378,68 € 918,93 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta MRUIZQ LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se podrá adjudicar los bienes al siguiente oferente, debiendo aperturarse un nuevo proceso de subasta de libre concurrencia por plazo de 15 días (pudiendo superarse, en este caso, el plazo de cuatro meses fijado para esta fase) para lo cual se notificará este hecho a los oferentes no adjudicatarios.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la parte vendedora podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en la Ley Concursal sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, se podrá poner en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La vendedora, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión de los bienes adjudicados y levantamiento de las cargas, como notaría, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad, impuestos, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la vendedora.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil

Gastos, impuestos y cargas
Deudas de IBI (a 18 de mayo de 2026):
  • Periodo voluntario hasta el 05/06/2026: 158,60 €
  • Pago fuera de plazo hasta el 15/06/2026: 166,53 €

Deuda agua, basura y alcantarillado (a 18 de mayo de 2026): 286,25 €
  • Ejercicio 2021: 286,25 €

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión de los bienes adjudicados y levantamiento de las cargas, como notaría, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad, impuestos, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la vendedora.
Documentos
Consulta descriptiva y gráfica.pdf
Informe catastro.pdf
Informe mapas.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Calle Jesus, 74
Población
LOPERA
Provincia
Jaén