S1.410 LOTE 1 – VIVIENDA, GARAJE Y TRASTERO VPO EN SAN JUAN DEL PUERTO (HUELVA) (F.R. 9.557 y 9.665)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
San Juan del Puerto, Huelva
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
83.795,71 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
4.189,79 €
Descripción

Se subasta una atractiva propiedad compuesta por una vivienda de protección oficial (VPO), plaza de garaje y trastero, situada en la Avenida de la Esperanza, en el municipio de San Juan del Puerto, Huelva. Esta zona residencial se caracteriza por su tranquilidad, buen acceso a servicios esenciales y excelente conexión con la capital onubense y el resto de la provincia. San Juan del Puerto cuenta con una sólida red de transporte, colegios, centros de salud, comercios locales y zonas verdes, lo que la convierte en una ubicación ideal tanto para familias como para quienes buscan una vida cómoda y accesible fuera del entorno urbano más saturado.


La vivienda se encuentra en planta baja, dentro del bloque 2 de un conjunto inmobiliario moderno y bien conservado. Con una superficie útil de 55,52 m² y una superficie construida total de 76,40 m², está distribuida de forma práctica y funcional, con vestíbulo, cocina independiente con lavadero-tendedero, salón-comedor, un baño completo y dos dormitorios. Su ubicación dentro del edificio y el acceso directo a zonas comunes la hacen especialmente cómoda y accesible.

El lote incluye además una plaza de aparcamiento, situada en la planta sótano del mismo conjunto residencial, con una superficie útil de 24,07 m² y construida de 25,86 m². Esta plaza ofrece fácil maniobra y acceso, y se encuentra directamente vinculada a un trastero también incluido en la subasta. El trastero, con 8 m² útiles, está ubicado junto a la plaza, lo que proporciona un espacio de almacenamiento adicional cómodo y seguro.

Todo el conjunto —vivienda, garaje y trastero— constituye una unidad indivisible, registrada como fincas vinculadas entre sí. Se trata de una excelente oportunidad para adquirir una vivienda protegida en un entorno con alta calidad de vida y a un precio competitivo, ideal tanto como primera residencia como para inversión.

Situación posesoria: la vivienda se encuentra ocupada actualmente por los concursados, por lo que no es posible el acceso al interior de la misma.

Información adicional
URBANA: VEINTE.- Vivienda señalada con la letra D, situada en la planta baja del bloque dos del Conjunto Inmobiliario en Avenida de la Esperanza, en el término municipal de San Juan del Puerto. Es del tipo V3.

Tiene una superficie útil de cincuenta y cinco metros cincuenta y dos decímetros cuadrados y una superficie construida, con inclusión en zonas comunes, de setenta y seis metros cuarenta decímetros cuadrados.

Consta de vestíbulo, cocina, lavadero-tendedero, salóncomedor, un cuarto de baño y dos dormitorios.

Linda: por el frente entrando, zona común y vivienda señalada con la letra B; por la derecha, zona común; por la izquierda, hall de entrada; y por el fondo, zona común.

A esta vivienda está VINCULADA OB REM la finca 9665 que tiene la siguiente descripción: URBANA: CIENTO VEINTIOCHO.- Plaza de aparcamiento señalada con el número 20, situada en la planta sótano número uno, situado debajo de los bloques 1, 2 y 3 del Conjunto Inmobiliario en Avenida de la Esperanza, en el término municipal de San Juan del Puerto.

Tiene una superficie útil de veinticuatro metros siete decímetros cuadrados; y una superficie construida, con inclusión en zonas comunes, de veinticinco metros ochenta y seis decímetros cuadrados.

Linda, por el frente, zona de paso; derecha, plaza de aparcamiento número 22; por la izquierda, plaza de aparcamiento número 18; y por el fondo, trastero número 20 y trastero número 22.

Tiene como ANEJO INSEPARABLE: El TRASTERO señalado con el número 20, situado en la planta sótano de dicho conjunto.

Tiene una superficie útil de ocho metros cuadrados y una superficie construida, con inclusión en zonas comunes de ocho metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados.

Linda: derecha, trastero número 22; izquierda, trastero número 18; frente, plaza de aparcamiento número 20, por donde tiene su acceso y trastero número 18 y fondo, muro. Esta finca está VINCULADA OB REM a la vivienda número veinte de la propiedad horizontal.

  • Referencia catastral vivienda: 1921501PB9312S0020DI.
  • Referencia catastral aparcamiento y trastero: 1921501PB9312S0128QL.


Situación posesoria: la vivienda se encuentra ocupada actualmente por los concursados, por lo que no es posible el acceso al interior de la misma.

Observaciones.-
Tiene calificación definitiva de Vivienda de Protección Oficial de Promoción Privada, expediente 21POE000024/03, según cédula extendida en Huelva, el día 5 de octubre de 2005.

La finca de este número queda sujeta a las limitaciones derivadas de la legislación de Vivienda de Protección Oficial, por lo que, de conformidad con el R.D. 1/2002 de 11 de enero, no podrá ser transmitida intervivos ni cedido su uso por ningún título durante el plazo de DIEZ años desde la formalización del préstamo cualificado, salvo autorización de la Comunidad Autónoma, previa cancelación del préstamo y reintegro de las ayudas económicas recibidas de la Administración. Tampoco podrá ser objeto de descalificación voluntaria hasta transcurridos QUINCE años desde su Calificación Definitiva.

Según resulta de la aplicación informática para el tratamiento de representaciones gráficas georreferenciadas de la que dispone este Registro, GEOBASE, por comprender presumiblemente la finca superficie incluida en la ZONA DE SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN del dominio público marítimo-terrestre, en su caso está sujeta a lo dispuesto en la Disposición Adicional 3ª de la Ley 22/1988 de Costas; la Disposición Adicional 1ª del Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas; y el anuncio del Ministerio de Medio Ambiente- Servicio Provincial de Costas, de 26 de septiembre de 2005, publicado en el B.O.P. de 9 de noviembre de 2005.

Registro de la propiedad
EGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 1 DE HUELVA
Nº finca
FINCA Nº 9.557 Y 9.665
Datos del expediente
Expediente: D. M. A. BEN SAID T.
Nº expediente: Conc. Voluntario Consecutivo Abreviado 293/2022
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Huelva
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de los concursados D. M. A. Ben Said T. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Martes, 20 de mayo de 2025, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Jueves‎, ‎19‎ de junio‎ de ‎2025, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de TRES (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de el Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de puja de MIL EUROS (1.000,00 €)


9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:

LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 – VIVIENDA, GARAJE Y TRASTERO VPO EN SAN JUAN DEL PUERTO (HUELVA)
83.795,71 € 4.189,79 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta MABEN LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

14. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Gastos, impuestos y cargas
Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
CATASTRO APARCAMIENTO Y TRASTERO.pdf
CATASTRO VIVIENDA.pdf
CONSULTA CATASTRO APARCAMIENTO Y TRASTERO.pdf
CONSULTA CATASTRO VIVIENDA.pdf
INFORME MAPAS APARCAMIENTO Y TRASTERO.pdf
INFORME MAPAS VIVIENDA.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
AVDA DE LA ESPERANZA
Complemento de dirección
BLOQUE 2, PLANTA BAJA, LETRA D
Código Postal
21610
Población
SAN JUAN DEL PUERTO
Provincia
Huelva