S1.163 LOTE 1 – Solar Power Plant One Spa (SSP1)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Sevilla, Sevilla
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
4.000,00 €
Tipo mínimo
4.000,00 €
Depósito de garantía
200,00 €
Descripción
1 Acción de la compañía Solar Power Plant One Spa (SSP1)


Información adicional
1 Acción de la compañía Solar Power Plant One Spa (SSP1)
Nombre de la empresa: Spa Solar Power Plant One
Nombre comercial/abreviado: SPP1
País de registro: Argelia
Forma legal: Sociedad Anónima - SPA -
Sector: Construcción y materiales, gas y petróleo
Dirección: 24 Djenane El Malik, 16035 Hydra, Alger
Titular de la acción: Abengoa Solar España, S.A.
Número acciones en subasta: 1 acción

Se adjunta como documentación a la publicación de la subasta:
• Acta de la asamblea general constitutiva y Actas del consejo de vigilancia de Solar Power Plant One Spa (SSP1):
20060730 PVAG.30-07-06.pdf, puede consultar el mismo en el apartado Documentos

• Libro de accionistas de Solar Power Plant One Spa (SSP1):
Libro Accionistas SPP1 (G41) 12072023.pdf, puede consultar el mismo en el apartado Documentos

• Estatutos de Solar Power Plant One Spa (SSP1):
Statuts - mise a jour arabe et français SPP1 - 18.05.2023.pdf, puede consultar el mismo en el apartado Documentos

ARTÍCULO DE PRENSA RELACIONADO:
Fuente: EXPANSIÓN. COM Energía
Abengoa pone en marcha la primera planta de energía solar y gas de Argelia
15.07.2011 HASSI R MEL (ARGELIA) Efe

Los ministros de Industria de España y Argelia han inaugurado hoy en pleno desierto argelino la primera planta eléctrica híbrida construida en este país, que utiliza tanto gas natural como energía solar. Construida por la compañía sevillana Abengoa, que lanzó este proyecto en junio de 2005 y que hoy el titular español de Industria, Miguel Sebastián y su homólogo argelino, Yusef Yusfi, inauguraron en Hassi R mel, a 600 kilómetros al sur de la capital y a casi 50 grados de temperatura.

De los 150 megavatios de capacidad que alcanzan las instalaciones, 25 de ellos se lograrán gracias a la energía solar que recogerán 224 colectores cilíndricos que se extienden a lo largo de 183.120 metros cuadrados. En esta característica reside, precisamente, la novedad de esta planta híbrida, bautizada con el nombre de Solar Power Plant One (SPP1) y que para Yusfi quiere explotar nuestra potencialidad en energía y de contribuir a la satisfacción de nuestras necesidades energéticas en el contexto de una transición hacia un modelo basado en las energías renovables.

En una rueda de prensa conjunta celebrada en Hassi R mel, Sebastián resaltó, por su parte, que esta central se puede convertir en la primera piedra del Plan Solar Mediterráneo, que es una de las opciones energéticas no solo para el norte de África sino para toda Europa. El principal objetivo de este proyecto, lanzado en julio de 2008, es el desarrollo de 20 gigavatios de capacidad eléctrica renovable en la ribera sur del Mediterráneo, así como de las infraestructuras necesarias para la interconexión eléctrica con Europa.

Asimismo, durante su intervención, el ministro argelino mostró su deseo de que la cooperación bilateral continúe a través de otros proyectos dentro del campo de la energía renovable. No obstante, ninguno de los responsables preguntados por Efe ofreció datos concretos sobre futuros proyectos bilaterales en este campo.

Yusfi indicó que con la energía producida en esta planta, que será explotada durante los próximos 25 años por Abengoa y la empresa argelina Neal, se puede abastecer entre 200.000 a 300.000 hogares argelinos, ya que toda la energía producida por la planta será para consumo interno. Además, agregó que el proyecto inaugurado hoy es muy prometedor para la construcción de centrales más grandes y con más capacidad en el futuro.

Sebastián aprovechó la oportunidad para resaltar a Efe que la importancia de este complejo energético radica también en que en el plano energético se abre un nuevo camino de colaboración (entre Argelia y España), sobre todo en las energías renovables.

Argelia es el principal suministrador de gas natural de España, con un aporte del 35 % del consumo nacional, una aportación que podría aumentar hasta el 45 % en 2014 tras la entrada en funcionamiento del gasoducto Medgaz, que une Argelia y España.

La planta SPP1 es fruto de una inversión de 315 millones de euros y ha sido financiada en un 80% por bancos argelinos y en otro 20% por parte española. Abengoa participa en un 51 %, seguida por la argelina Neal con un 20%, la española Cofides con un 15% y la también argelina Sonatrach con un 14%. Actualmente cinco españoles se encargan de la dirección del proyecto, que incluye a otros 65 argelinos. El objetivo a corto y medio plazo que se ha marcado Abengoa es formar a personal local que pueda ocuparse del trabajo que ahora llevan a cabo los ingenieros españoles, que trabajan cuatro semanas sin descanso en la planta y descansan otras tres.

En este sentido, el responsable de la cartera de Industria argelina comentó que también se ha establecido un Instituto de Energías Renovables que asumirá la formación de los cuadros de técnicos que requiera el programa. La planta es además la segunda del mundo de estas características, después de la reciente inauguración, también por Abengoa, de otra planta híbrida en Marruecos.


Datos del expediente
Expediente: ABENGOA SOLAR ESPAÑA, S.A.
Nº expediente: 599.05/2022
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Sevilla
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de todos los activos titularidad del concursado ABENGOA SOLAR ESPAÑA, S.A. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Martes, 28 de mayo de 2024, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Lunes, 17 de junio de 2024, a las 18:00 horas.
c) CON TIPO MÍNIMO: 4.000,00 €

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de VEINTE (20) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas por importe de MIL EUROS (1.000,00€).

6. Para participar en la subasta se exigirá la prestación de una garantía o depósito correspondiente al 5% de la valoración (4.000,00€) del lote objeto de subasta [1 Acción de la compañía Solar Power Plant One Spa (SSP1)] lo que resulta un importe de DOSCIENTOS EUROS (200,00€).

La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta ABENGOA SOLAR SSP1.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, esta reserva quede para la nueva subasta.

7. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

8. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado jurídico de la acción de la compañía objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo del Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción. Para ello, los interesados podrán realizar las comprobaciones oportunas con anterioridad a realizar la oferta de compra o puja. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación jurídica y económica, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

9. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

10. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

La Administración Concursal, podrá exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario de un bien o derecho haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

11. Será por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de la acción (1 acción) de la compañía Solar Power Plant One Spa (SSP1)

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.
12. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado. No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

14. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.

16. En todo caso, el comprador es el único responsable de cumplir con los requisitos de transmisibilidad que exija la normativa, los estatutos o cualquier disposición aplicable vigente, sin que la Administración Concursal o la Sociedad sean responsables de las consecuencias derivadas del incumplimiento de las condiciones exigibles, y quedando totalmente indemnes frente a los ofertantes o el futuro Comprador.


Gastos, impuestos y cargas
Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.


Documentos
Datos y ubicación del activo
Provincia
Sevilla