S1.537 LOTE 1 – VIVIENDA DE 61,67 M² EN GETAFE (MADRID) (F.R. 12.311)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Getafe, Madrid
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
130.000,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
6.500,00 €
Descripción

Vivienda de 61,67 m² útiles en Avenida España, 53 – 2ºC (Getafe, Madrid) 
Finca nº 12.311 – Registro de la Propiedad nº 1 de Getafe

Se subasta una vivienda urbana situada en la segunda planta, puerta C, del edificio ubicado en la Avenida España nº 53, en el municipio de Getafe (Madrid). Con una superficie útil de 61,67 m², el inmueble presenta una distribución funcional y un tamaño adecuado tanto para uso residencial como para inversión.

La vivienda se encuentra en un edificio consolidado dentro de una de las avenidas principales de Getafe, lo que garantiza accesibilidad, servicios cercanos y una excelente comunicación con el resto del municipio y con Madrid capital.

Características registrales

  • Naturaleza: Urbana – Vivienda
  • Ubicación: Avenida España 53, 2ºC, 28903 Getafe
  • Superficie útil: 61,67 m²
  • Registro: Finca nº 12.311 – Registro de la Propiedad nº 1 de Getafe


Linderos

  • Frente: pasillo y vivienda 2ºD
  • Derecha: vivienda 2ºB
  • Izquierda: vacío hacia Avenida España
  • Fondo: vacío sobre terreno de Inmobiliaria Benaluz S.A.


Entorno y localización
La vivienda se sitúa en Avenida España, una de las arterias más representativas de Getafe. El entorno combina actividad comercial, servicios esenciales, zonas verdes y una amplia oferta de transporte público. La ubicación permite un acceso rápido al centro urbano, a la estación de tren y a las principales vías de comunicación con Madrid y municipios colindantes.

Se trata de una zona consolidada, con comercios de proximidad, centros educativos, instalaciones deportivas y equipamientos municipales, lo que la convierte en un enclave muy demandado tanto para residencia habitual como para inversión en alquiler.

Observaciones.

La vivienda constituye la residencia habitual de los concursados, un matrimonio de edad avanzada que convive con un hijo con problemas de salud mental. Esta circunstancia implica un escenario de vulnerabilidad que podría afectar al proceso, es decir, la venta se realizará con ocupantes.

NO SE PUEDE REALIZAR VISITA

Información adicional
Municipio: GETAFE 1ª
Naturaleza de la Finca: URBANA: Vivienda
Vía Pública: AVENIDA ESPAÑA
Número: 53 Planta: 2 Puerta: C
Superficie: m² útil: 61,67m²
División Horizontal:  Cuota: cuatro enteros, cuarenta y cuatro centésimas por ciento Nro. Orden: 58
Nº plaza:
Nº trastero
Otros: RPH
Polígono: 0  Parcela: 0
Linderos: Frente, PASILLO Y 2ºD
Derecha, 2ºB
Izquierda, VACIO A LA AVDA DE ESPAÑA.
Fondo, VACIO SOBRE TERRENO DE INMOBILIARIA BENALUZ SA
Calificada
Nº expediente de calificación definitiva:
OBSERVACIONES: Otros: RPH


Observaciones.
La vivienda constituye la residencia habitual de los concursados, un matrimonio de edad avanzada que convive con un hijo con problemas de salud mental. Esta circunstancia implica un escenario de vulnerabilidad que podría afectar al proceso, es decir, la venta se realizará con ocupantes.

Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo, nota simple, Auto declaración concurso

Referencia catastral
9032703VK3683S0010KK
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº1 DE GETAFE
Nº finca
Nº 12.311
Porcentaje de propiedad
100 %
Datos del expediente
Expediente: D. J. A. Ruiz M. y Dña. A. Chifón P.
Nº expediente: Procedimiento concursal 287/2025 y 311/2025
Entidad: Juzgado de lo Mercantil nº13 de Madrid
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad del concursado J. A. Ruiz M. y A. Chifón P. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Jueves, 29 de enero de 2026, a las 12:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Viernes, 27 de febrero de 2026, a las 12:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de VEINTINUEVE (29) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe de partida en la subasta.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 – VIVIENDA DE 61,67 M² EN GETAFE (MADRID) (F.R. 12.311) 130.000,00 € 6.500,00 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta JARUIZM LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no conste ingresado en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

No se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la vendedora, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días.
Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la parte vendedora podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. El otorgamiento de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, se podrá poner en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

14. La vendedora, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los bienes muebles, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados correspondientes a la enajenación, venta o transmisión (notaría, registro de la propiedad, etc). Así como el desmontaje, retirada, transporte… de los bienes muebles correrán a cargo de la parte compradora.

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Honorarios. –
Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la vendedora.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Gastos, impuestos y cargas
Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los bienes muebles, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados correspondientes a la enajenación, venta o transmisión (notaría, registro de la propiedad, etc). Así como el desmontaje, retirada, transporte… de los bienes muebles correrán a cargo de la parte compradora.

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la vendedora.


Documentos
Consulta descriptiva.pdf
Informe catastral.pdf
Informe de mapas.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Avda. España, 53
Complemento de dirección
2ºC
Código Postal
28903
Población
Getafe
Provincia
Madrid