VD 1.103 VIVIENDAS Nº38 EN PUENTE VALLECAS

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Venta directa
Estado
Terminada
Ubicación
Madrid, Madrid
Oferta máxima
-
Venta directa terminada
Valoración
435.077,00 €
Precio mínimo de venta
0,00 €
Depósito de garantía
21.753,85 €
Descripción

Casa de 198,67 m² ubicado en el barrio de Puente de Vallecas (Madrid).

Información adicional
URBANA: Casa en el pueblo de Vallecas, hoy Madrid, y su calle de Monte Olivetti, antes llamada Vallecas, según el Registro, número treinta y ocho, antes número treinta. Consta de planta baja con portal, caja de escalera y un local comercial, y dos plantas más, con dos viviendas cada una.

Mide ciento noventa y ocho metros sesenta y siete decímetros cuadrados, y linda: al frente, en línea de trece metros, con la calle de su situación; por la derecha entrando, Este, con la calle de las Mercedes, abierta en el mismo solar para su servicio; por la izquierda, Oeste, con finca de doña Encarnación Diaz Vizcárraga; y por el fondo, Sur, resto del solar de que procede.

Parcela de forma poligonal irregular, con fachada principal a calle Monte Oliveti y secundaria a calle Nuestra Señora de las Mercedes. Actualmente existe una edificación de dos plantas de altura aparentemente en mal estado de conservación; se considera que el destino más probable del inmueble es la demolición del edificio existente y construcción de un edificio de viviendas. La nueva edificación deberá retranquearse con respecto a la actual para adecuarse a las alineaciones que marca el PGOU.

Situación posesoria: ocupada irregularmente
Sobre este inmueble existe un contrato de arrendamiento en precario suscrito el 20/01/2010 entre la concursada y el precarista MARS. Este contrato vencía el 1/11/2001. En la actualidad sigue ocupada según hemos podido conocer y corrobora un informe denominado de ocupación de viviendas de enero 2021 en la cual se concluye que en el domicilio de la calle Monte Olivetti 38 reside un matrimonio que llevan allí más de 11 años.


Referencia catastral
3621502VK4732B0001DF
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 39 DE MADRID
Datos de registro
Tomo 1711, Libro 245 Folio 163
Nº finca
6836
Porcentaje de propiedad
100 %
Tipo de inmueble
Vivienda
Superficie parcela
198,67 m2
Datos del expediente
Expediente: SUNARFIC, S.L.
Nº expediente: 6/2023
Entidad: Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga
Condiciones
La fase de venta directa se inicia desde la fecha del auto de aprobación del plan de liquidación. Podrán presentarse ofertas en la forma que se dirá, durante el plazo de dos meses desde la citada fecha de aprobación del auto de aprobación del plan de liquidación, siendo el plazo máximo el de la celebración de las subastas presenciales que se citan en este punto siempre que sean necesarias celebrarlas en los casos previstos.

Durante esta fase, cualquier persona podrá dirigir a la AC oferta por el bien o bienes que desee, ofertas que deberán dirigirse al correo electrónico que la AC debe suministrar al tomar posesión de su nombramiento, identificado los bienes o lotes objeto de la oferta de manera precisa, e indicando la oferta concreta que se realiza, incluyendo en su caso la asunción en su caso de cargas, impuestos, forma de pago etc.

En el caso de concurrencia de ofertas sobre bienes individuales con otras sobre un lote que incluya dichos bienes por los que también se han recibido ofertas individuales, la AC realizará la adjudicación en favor de la oferta sobre el lote si la suma de las ofertas de los bienes individuales no alcanzase la realizada por el lote. Sin embargo, si el lote incluye uno o más bienes sobre los que no se hayan recibido ofertas individuales, la adjudicación se producirá a favor de las ofertas individuales si la AC considera a su libre discreción (sin perjuicio de justificar la decisión si se exigiese ello) que la realización en las siguientes fases de el plan de liquidación de los bienes incluidos en el lote y carentes de ofertas individuales en esta primera fase, pudiera realizarse por un importe superior a la diferencia entre la suma de las ofertas individuales y la oferta realizada por el lote.

Salvo que solo se haya presentado una única oferta y la misma supere el 75% del valor que conste en inventario, o, a falta del mismo, en la documentación aportada por el deudor, caso este en el que se adjudicará el bien a dicho único oferente, la AC convocará una subasta presencial en el plazo de 10 días naturales y en el lugar que considere oportuno si ha habido dos o más oferentes, convocatoria a la que se dará la misma publicidad que a la primera subasta, y en la que sólo podrán mejorarse o mantener las ofertas realizadas. Celebrada dicha subasta presencial, la AC adjudicará cada uno de los bienes al titular de la mejor oferta, siempre que sea igual o superior al 50% del valor que conste en inventario o, a falta del mismo, en la documentación aportada por el deudor.

La AC tendrá la obligación durante esta fase de proceder a la difusión de los bienes objeto de liquidación por medios on line o escritos ya sean de pago o gratuitos.
Para proceder a la realización de ofertas se exigirá al oferente al menos el 5% del valor del bien según inventario, tasación o documentación, debiendo ser la AC la que indique al ofererente la forma de ingreso de dicha caución y su cuantía en cada caso. No podrán ser tenidas en cuenta por la AC ofertas que no cumplan este requisito. Esta caución, que no será masa activa del concurso, será devuelta por la AC a los oferentes que no resulten adjudicatarios.

En el caso de existir varios postores sobre un mismo bien, si adjudicado dicho bien o bienes el adjudicatario no abonare el precio completo en el plazo de 5 días hábiles, la adjudicación quedará sin efecto, el adjudicatario perderá la caución entregada (que se considerará masa activa del concurso) y la AC convocará una subasta presencial (a la que dará la misma publicidad que a la primera subasta, además de convocar individualmente a los restantes postores) en el plazo de 10 días naturales. Celebrada dicha subasta presencial, la AC adjudicará el bien al titular de la mejor oferta, siempre que sea superior al 50% de los citados valores.


Gastos, impuestos y cargas
Deuda IBI: Se desconoce.

Las deudas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido la plusvalía municipal (IIVTNU) son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia la transmisión de los bienes y del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, registro mercantil, cancelación de hipotecas) serán exclusivamente de cuenta y cargo de la parte compradora.


Documentos
Catastro FR 6836.pdf
Consulta descriptiva FR 6836.pdf
Informe Mapas FR 6836.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
C/ MONTE OLIVETI, 38
Complemento de dirección
(CV C/ NTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES)
Código Postal
28038
Población
Madrid
Provincia
Madrid