S2.551 LOTE 3 – FURGONETA RENAULT 1119JNH

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
Sevilla
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
600,00 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
30,00 €
Descripción

RENAULT MASTER 2.3 dCi · 2016 · Furgoneta Industrial · 3 Plazas · Etiqueta B
Se subasta una RENAULT MASTER, matriculada el 21 de abril de 2016, configurada como furgoneta de 3 plazas y equipada con motor 2.3 dCi diésel de 92 kW. Este modelo es uno de los más valorados del segmento por su capacidad de carga, fiabilidad y versatilidad, siendo una referencia habitual en flotas de reparto, logística y servicios técnicos.


Características principales
  • Marca / Modelo: Renault Master
  • Año de matriculación: 2016
  • Tipo: Furgoneta
  • Motor: 2.299 cc · 92 kW
  • Combustible: Diésel
  • Etiqueta ambiental: B
  • Potencia fiscal: 14,47 CVF
  • Plazas: 3
  • Kilometraje: 383.630 km (dato de 02/05/2023)

Estado del vehículo
El vehículo se encuentra averiado, con el motor desmontado y fuera de servicio.
A la fecha, no existe presupuesto de reparación ni valoración técnica sobre los trabajos necesarios para su puesta en funcionamiento.

Además:
  • El vehículo se encuentra retenido en un taller mecánico por importe pendiente de pago.
  • El taller ha comunicado que no entregará el vehículo hasta que se abone la factura correspondiente.
  • El adjudicatario deberá asumir dicho importe para poder retirarlo.
  • Importe pendiente: 2.642,33 € (según documentación aportada).

Oportunidad para profesionales
A pesar de su estado, esta unidad puede resultar de interés para:
  • Talleres o profesionales especializados en reparación y reacondicionamiento
  • Empresas que necesiten una base para proyecto de reconstrucción
  • Compradores que busquen piezas o componentes de Renault Master
  • Flotas que deseen adquirir un vehículo industrial a bajo coste para recuperación
Información adicional
DATOS DEL VEHÍCULO:
Matrícula: 1119JNH
Marca: RENAULT
Modelo: MASTER
Bastidor: VF1MAF4SE54805409
Fecha matriculación  21/04/2016
Domicilio vehículo: SEVILLA
Tipo de vehículo: FURGONETA
Kilómetros: 383.630 KM (a fecha 02/05/2023)
Etiqueta medioambiental B
Cilindrada: 2299.0
Combustible DIESEL
Potencia neta (kW): 92.0
Potencia fiscal (CVF): 14.47
Plazas 3
Ficha técnica: SI
Permiso de circulación: SI
ITV: No Vigente (Fecha de caducidad 02/05/2024)
Seguro: No Consta como asegurado (05/02/2026)


[*] Seguro: El vehículo no consta como asegurado a fecha 05 febrero de 2026


[*] ITV (Inspección Técnica de Vehículos): El vehículo no cuenta con la ITV en vigor, siendo la última revisión favorable a fecha 02 de mayo de 2023 con fecha de caducidad fecha 02 de mayo de 2024.

 
Se hace constar que, en el momento de la retirada, todos los vehículos objeto de subasta deberán ser trasladados mediante la contratación de una empresa de transporte, o por cualquier otro medio adecuado, dado que no puede garantizarse su operatividad o capacidad de puesta en marcha. Los gastos derivados de la retirada y transporte de los vehículos serán íntegramente asumidos por el adjudicatario.


[*] El vehículo presenta el motor desmontado, encontrándose por tanto averiado y fuera de servicio. A la fecha, no existe presupuesto de reparación ni valoración técnica sobre los trabajos necesarios para su puesta en funcionamiento.


El vehículo con matrícula 1119 JNH se encuentra actualmente retenido en un taller mecánico, debido a la existencia de importe pendiente por reparaciones y servicios realizados sobre el mismo. El taller ha manifestado que no entregará el vehículo hasta que dicha factura sea satisfecha, por lo que el adjudicatario deberá hacerse cargo del pago correspondiente para poder retirar el vehículo. Dicha cantidad asciende, según la documentación aportada, a un total de 2.642,33 euros.



Nota informativa:

Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo la nota simple registral y documentación relativa al concurso

Datos del expediente
Expediente: DILIA AGO S.L.
Nº expediente: 305/2025
Entidad: Juzgado De Lo Mercantil Nº4 de Sevilla
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad del concursado Dilia Age S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.


La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:

Miércoles, 03 de junio de 2026, a las 12:00 horas.

b) Fecha y hora de finalización de la subasta:

Viernes, 03 de julio de 2026, a las 12:00 horas.


3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de TRES (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes de conformidad con el artículo 225 del TRLC, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo del Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en la subasta.


8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de CINCUENTA EUROS (50,00 €)

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 3 – FURGONETA RENAULT 1119JNH 600,00 € 30,00 €

La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta DILIA AGO LOTE 3.


No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.


Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.


10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.


Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. La entidad especializada comunicará al titular de la mejor oferta realizada su condición de adjudicatario provisional, así como que dispone de un plazo de un mes para abonar el precio completo. Excepcionalmente, la administración concursal podrá solicitar autorización judicial para ampliar este plazo respecto de algún activo concreto.

La administración concursal adjudicará el activo a quien abone el precio completo.

Si el adjudicatario provisional de un activo no abonare el precio completo en ese plazo perderá la caución entregada (que pasará a formar parte de la masa activa del concurso).

En este caso, la adjudicación quedará sin efecto y deberá realizarse una nueva subasta, salvo que la administración concursal opte por adjudicar el activo al segundo mejor postor. La adjudicación al segundo mejor postor solo será posible en dos supuestos:

  • Primero, que la segunda mejor oferta alcance el 90% del importe de la realizada por el adjudicatario provisional que no abonó el precio completo.
  • Segundo, que la entidad especializada haya permitido (informando de ello a los interesados) que tras la finalización de la subasta se presenten ofertas que no superen la mejor oferta (a los solos efectos de poder ser considerado segundo mejor postor), durante un plazo, no inferior a dos horas ni superior a veinticuatro horas, inmediatamente posterior a dicha finalización.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.


14. Finalizada la segunda fase de la liquidación, aquellos activos que no hayan podido ser objeto de realización se considerarán carentes de valor de mercado a los efectos del proceso concursal, de manera que, tras pagar a los acreedores, la administración concursal deberá solicitar la conclusión del concurso por haber finalizadolas operaciones de liquidación, indicando en la rendición de cuentas los bienes y derechos que no hayan podido ser realizados, de conformidad con el artículo 468.3 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

No obstante, si antes de solicitar la conclusión obtuviera alguna oferta por cualquiera de esos activos, podrá transmitirlo por el importe ofertado. Si recibiera más de una oferta, deberá realizar una subasta telemática entre ambos ofertantes, en el plazo de diez días naturales a contar desde la última de las ofertas.

15. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).


El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El adjudicatario del vehículo deberá abonar una provisión de fondos previa a la retirada del vehículo, destinada a cubrir los 80,00 € de honorarios, así como el coste de la notificación de venta y del cambio de titularidad y las tasas de tráfico correspondientes.

En caso de que el comprador decida realizar el cambio de titularidad por su cuenta, la provisión de fondos será devuelta íntegramente una vez aporte el justificante acreditativo del cambio. Si opta por que gestionemos el trámite, dicha provisión será aplicada al pago de la factura que se emitirá por dicho concepto.

Las deudas pendientes a la fecha de transmisión no forman parte de la provisión de fondos y deberán ser abonadas aparte por el comprador.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

17. El plazo para la retirada de los vehículos no podrá ser superior a 15 días desde la fecha de aprobación de remate por la Administración Concursal.


18. Se hace constar que, en el momento de la retirada, todos los vehículos objeto de subasta deberán ser trasladados mediante la contratación de una empresa de transporte, o por cualquier otro medio adecuado, dado que no puede garantizarse su operatividad o capacidad de puesta en marcha. Los gastos derivados de la retirada y transporte de los vehículos serán íntegramente asumidos por el adjudicatario.


CONDICIONES DE SUBASTA AGREGADAS AL LOTE DE VEHÍCULOS:

1. El adjudicatario deberá hacerse cargo de los importes adeudados a la fecha de transmisión del vehículo del IVTM, aunque estos expresamente no hayan sido comunicados a esta Entidad Especializada. En cualquier caso, siempre deberán hacerse cargo del último recibo del IVTM adeudado para poder proceder al cambio de titularidad. Se informa a los licitadores que, dependiendo del organismo recaudador de este impuesto, es posible que emita carta de pago por importe de toda la deuda pendiente.


2. En el caso de que sobre el vehículo pese una reserva de dominio, embargo, precinto judicial, leasing, o cualesquiera derechos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles correspondientes, la Administración Concursal facilitará con posterioridad a la venta del vehículo el correspondiente documento para tramitar su baja ante el Registro en el que esté inscrito el vehículo, que el comprador deberá encargarse de gestionar personalmente. Los licitadores deben considerar el tiempo que el Juzgado puede tardar en emitir estos documentos para su gestión posterior.


3. El lugar de inscripción del vehículo puede no corresponderse con la localización actual del mismo, sobre todo si éste se encuentra en posesión del concursado.


4. El vehículo se encuentra en posesión y uso del concursado, por lo que los kilómetros indicados pueden variar a la fecha de entrega del vehículo.


5. El vehículo se transmite a cuerpo cierto y sin garantía sobre el estado del mismo.


6. El adjudicatario del vehículo deberá abonar una provisión de fondos previa a la retirada del vehículo, destinada a cubrir los 80,00 € de honorarios, así como el coste de la notificación de venta y del cambio de titularidad y las tasas de tráfico correspondientes.

En caso de que el comprador decida realizar el cambio de titularidad por su cuenta, la provisión de fondos será devuelta íntegramente una vez aporte el justificante acreditativo del cambio. Si opta por que gestionemos el trámite, dicha provisión será aplicada al pago de la factura que se emitirá por dicho concepto.

Las deudas pendientes a la fecha de transmisión no forman parte de la provisión de fondos y deberán ser abonadas aparte por el comprador.


7.Se hace constar que, en el momento de la retirada, todos los vehículos objeto de subasta deberán ser trasladados mediante la contratación de una empresa de transporte, o por cualquier otro medio adecuado, dado que no puede garantizarse su operatividad o capacidad de puesta en marcha. Los gastos derivados de la retirada y transporte de los vehículos serán íntegramente asumidos por el adjudicatario.




Gastos, impuestos y cargas
Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados de la enajenación, venta o transmisión de los vehículos, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad del vehículo, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El adjudicatario del vehículo tendrá que asumir el coste de 80,00€ en concepto de honorarios por la gestión de notificación de venta y cambio de titularidad del vehículo. A parte de esta cantidad se deberán abonar las tasas correspondientes de tráfico, así como las deudas existentes a la fecha de transmisión.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
Datos y ubicación del activo
Provincia
Sevilla