S1.373 LOTE 2 – DERECHOS DE CRÉDITO

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Jaén
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
144.087,91 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
7.204,40 €
Descripción
Se subasta un lote compuesto por inversiones financieras a corto plazo y derechos de crédito, integrados por múltiples deudas pendientes de cobro frente a diversas personas físicas y jurídicas, incluyendo entidades públicas y privadas.

Composición del lote:
  • Derechos de crédito por un total de 99.619,39 €, derivados de ventas y prestaciones de servicios a ayuntamientos, entidades públicas, empresas y comunidades de propietarios.
  • Inversiones financieras a corto plazo valoradas en 44.468,52 €, incluyendo valores de renta fija, avales, fianzas y depósitos constituidos.


Información adicional
Este lote está compuesto por inversiones financieras a corto plazo y de derechos de crédito compuesto por múltiples deudas pendientes de cobro frente a diversas personas físicas y jurídicas, incluyendo entidades públicas y privadas:


CLIENTES POR VENTAS Y PRESTACIONES DE SERVICIOS VALOR
AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN DE LA TORRE 53,24 €
AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR 1.742,38 €
AGENCIA PUB. PUERTOS DE ANDALUCIA (CADIZ) 3.359,13 €
AYUNTAMIENTO DE SETENIL DE LAS BODEGAS 2.968,53 €
AGENCIA PUB. PUERTOS DE ANDALUCÍA (ALMERIA) 517,94 €
VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCIA S.A. 6.826,55 €
HOSPITAL EL ESCORIAL 594,72 €
EIFFAGE ENERGÍA S.L.U. 167,44 €
AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO 937,75 €
AYUNTAMIENTO DE BORNOS 1.681,90 €
AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN EL GRANDE 694,75 €
PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA, TURISMO,
FIESTAS Y PATRIMONIO HISTÓRICO DE JAÉN
4.534,44 €
AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO 3.294,77 €
AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 425,34 €
AYUNTAMIENTO DE ALCAZAR DE SAN JUAN 1.018,42 €
AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE HENARES 2.635,10 €
AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO 1.966,86 €
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD (DON BENITO-VILLANUEVA
DE LA SERENA)
685,57 €
CONSORCIO PROV. RESIDUOS SOLIDOS URB. MALAGA (RSU) 2.931,95 €
FUNDACION CENTRO DE ACOGIDA SAN JOSE 102,85 €
AYUNTAMIENTO DE CARRASCAL DE BARREGAS 379,34 €
GENERALITAT DE CATALUNYA. DEPART DÁCCIO CLIMATICA,
ALIMENT, AGENDA RURAL
8.785,08 €
AYUNTAMIENTO DE BRENES 4.022,42 €
CABILDO DE GRAN CANARIA 2.858,58 €
GERENCIA ASISTENCIAL DE ATENCION PRIMARIA (DDD) 3.706,93 €
AYUNTAMIENTO DE SOLANA DE LOS BARROS 544,50 €
PROBISA VIAS Y OBRAS SL 54,35 €
AYUNTAMIENTO DE CARTAMA 22.415,25 €
AYUNTAMIENTO DE AGAETE 1.207,05 €
J. M.CARMONA C. 1.445,96 €
PARQUE ISLA MAGICA S.A. 9.582,75 €
AYUNTAMIENTO DE BASAURI 2.971,77 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOSMIRADOR 1 DE LA QUINTA 124,04 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOSRICARDO SORIANO, 21 124,04 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS UNICO 167,89 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOSSAN ENRIQUE B/A 79,86 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOSGOLF BEACH, 1 159,72 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOSSAN CRISTOBAL 1 242,00 €
BLOQUE PASAJE VENEGAS 125,24 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AGRUPACIÓN BELLAVISTA FASE 1 121,00 €
RESIDENCIAL VALDEMAR II 127,05 €
TRITANICA ESTETICA SL 242,00 €
A. SÁNCHEZ Z. 279,51 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LA CASCADA 1 Y 2 302,50 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MARINAS DE TORREQUEBRADA 484,00 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LOMAS DE BENALMAR 136,13 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ORFEO AZUL 605,00 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SAN MIGUEL 302,50 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PUEBLO QUINTA PRIMERA 1º FASE 242,00 €
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO MONTESOL 423,50 €
K´PRICHO 217,80 €
TOTAL 99.619,39 €




INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO VALOR
VALORES RENTA FIJA A CORTO PLAZO 6.383,71 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. MANCHA REAL 266,22 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION SALAMANCA 1.480,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P E.P. TURISMO Y DEPORTE 729,04 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P MADRID DESTINO 433,30 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P EMASA MALAGA 164,95 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. SIMANCAS 778,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P PUERTOS DE ANDALUCIA 1.616,15 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION CUENCA 2.485,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. VALDERRUBIO 60,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P PUERTOS DE CADIZ 726,32 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. MOREDA DE ALAVA 912,50 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION DE ALMERIA 568,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BENALMADENA 5% 125,31 €
FIANZA RENTING MERCEDES 9735KZZ 415,90 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION CUENCA PISCINAS 379,90 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. ALHAURIN EL GRANDE 344,50 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P SERV. FUNERARIOS Y CEMENTERIOS MADRID DDD 225,95 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BOECILLO LOTE 4 152,35 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BOECILLO LOTE 2 571,55 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BOECILLO LOTE 3 396,20 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BOECILLO LOTE 5 285,75 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. DON BENITO 1.020,00 €
FIANZA CONS. C/P NAVE MALAGA JOSE LUQUE PLAN B 1.200,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P JUNTA CASTILLA Y LEON LOTE 3 LEON 329,40 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P JUNTA CASTILLA Y LEON LOTE 6 SEGOVIA 220,60 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P JUNTA CASTILLA Y LEON LOTE 7 SORIA 248,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. ALCUESCAR 85,05 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P GERENCIA ATENCION PRIMARIA 62,48 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. SOTO DEL REAL 517,90 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P MINISTERIO EDUCACION Y FORMACION PROFESIONAL 352,50 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. ALORA 665,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P INTENDENCIA DE ROTA LEGIONELLA 670,49 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. ALCAZAR SAN JUAN 10,00 €
FIANZA CONS. C/P NUEVA NAVE SEVILLA 1.300,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION DE JAEN 510,05 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. CARRASCAL DE BARREGAS 188,10 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P SEPAD CACERES 412,50 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. ARAHAL 382,23 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P AYTO. BRENES 346,35 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P DIPUTACION DE HUELVA 451,00 €
AVAL/FIANZA CONS. C/P PARCEMASA MALAGA 892,50 €
FIANZA CONS. C/P TRIPODE GRUPO FORMACION PRACTICA TECNICA 800,00 €
FIANZA CONS. C/P ALQUILER TRASTERO SALAMANCA 126,44 €
FIANZA CONST. C/P ALQUILER COCHERA TORREALHAQUIME 90,00 €
FIANZA CONS. C/P RENTING MERCEDES VARIOS COCHES 529,70 €
DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A CORTO PLAZO 10.383,17 €
DEPÓSITOS CONS. C/P AYTO. SAN FERNANDO DE HENARES 326,66 €
DEPÓSITOS CONST. A C/P NOTARIAS 2.847,80 €
TOTAL:  44.468,52 €
Datos del expediente
Expediente: ANDASUR CONTROL DE PLAGAS, S.L.
Nº expediente: Procedimiento Concursal nº 644/2024
Entidad: Juzgado de lo Mercantil nº 1 Jaén
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de la concursada ANDASUR CONTROL DE PLAGAS, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Lunes, 24 de marzo de 2025, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Miércoles, 23 de abril‎ de ‎2025, a las 18:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes y derechos.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de MIL EUROS (1.000,00 €) €) para el lote de los derechos de crédito.

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote, de acuerdo con la siguiente tabla:


LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 2 - DERECHOS DE CRÉDITO 144.087,91 € 7.204,40 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta ANDASUR LOTE 2

No se validará a ningún postor cuyo depósito no conste ingresado en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la parte vendedora, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la parte vendedora podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. - Todos los impuestos y gastos que se deriven de la enajenación, adjudicación, venta o transmisión de los activos, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor, levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, Registro Bienes Muebles, etc.  así como de la retirada de los activos, transporte, puesta a punto, seguros, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la parte vendedora Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

CONDICIONES DE SUBASTA AGREGADAS AL LOTE DE DERECHOS DE CRÉDITO:

En todo caso, deberá ser el oferente, quien deberá valorar a efectos reales, y previamente a la emisión de su oferta, las posibilidades de cobro, sopesando su valor probatorio para exigir el pago de la deuda al cliente deudor cedido. Valorada por el oferente la viabilidad del cobro de los créditos incluidos en la liquidación previamente a la adjudicación, una vez llevada ésta a cabo, el adjudicatario, en todo caso y ante cualquier circunstancia, exonera a la Administración Concursal de cualquier responsabilidad presente o futura sobre el futuro pago de los derechos de crédito objeto de transmisión, debiendo asumir el cesionario íntegramente el riesgo de impago.

En el supuesto de que el derecho de cobro esté siendo reclamado judicialmente cabe aclarar que se cederá acción y el adquirente se subrogará en la posición procesal de la concursada.

En todo caso, ni el estado o situación de los posibles créditos ni, en su caso, el posible resultado de los pleitos no tiene ninguna influencia sobre la subasta que se formaliza ni sobre la adjudicación del activo y no es justa causa ni puede ser argumento para que los ofertantes y/o adjudicatarios pretendan desistir, resolver y/o cancelar la subasta, la puja, la adjudicación, ni tampoco justificaría una petición de moderación del precio ofrecido.

En el caso de que durante el plazo en el que se está llevando a cabo la subasta, se produzca el pago de alguna cantidad por parte de algún deudor a la empresa concursada, dicha cantidad le corresponderá íntegramente a la empresa concursada, sin que el nuevo adjudicatario pueda reclamar todo o parte de dicho pago, realizado con anterioridad a la adjudicación.

La adjudicación se llevará a cabo sin garantía alguna sobre el estado o existencia de los créditos, las posibilidades de cobro o la documentación que los soporte, si la hubiera.


Gastos, impuestos y cargas
Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. - Todos los impuestos y gastos que se deriven de la enajenación, adjudicación, venta o transmisión de los activos, incluso las que sean por cuenta legalmente del vendedor, levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, Registro Bienes Muebles, etc.  así como de la retirada de los activos, transporte, puesta a punto, seguros, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Honorarios. – Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la parte vendedora Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
Datos y ubicación del activo
Provincia
Jaén