S1.101 LOTE 13 - FR: 6717 NAVE INDUSTRIAL EN CONSTRUCCIÓN DE 250 m² EN GERENA

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Terminada
Ubicación
Gerena, Sevilla
Puja máxima
-
Subasta terminada
Valoración
77.768,69 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
3.888,43 €
Descripción

Nave industrial en construcción de 250 m² ubicada en el término municipal de Gerena en Sevilla.

Información adicional
URBANA. Nave industrial en construcción ubicada sobre la parcela de terreno señalada con el número diecisiete en el Polígono Industrial "La Fontanilla" en término de Gerena, en la calle Romero número veintinueve.

Tiene una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados, teniendo la nave que se describe igual superficie. Carece de distribución interior, presentando una tipología a dos aguas formada por una estructura metálica única con parámetros de placas prefabricadas alveolares de hormigón y cubierta y chapa galvanizada con lucernarios.

Sus características son las siguientes: estructura: en acero; iluminación: ventanas y lámparas de NA; cubierta: chapa de acero; cerramientos exteriores: hormigón prefabricado; carpintería exterior; perfil de acero y soleras de hormigón.

Sus linderos son los mismos que los de su parcela, o sea: por su frente, con la calle de su situación, por donde tiene su entrada; por la derecha, con vial de nueva construcción; por la izquierda, con la parcela señalada con el número dieciséis, procedente de la misma división; y por el fondo, con SIPS.

Se deja expresa constancia de que este inmueble se halla en la actualidad ocupado, cuyo ocupante sostiene tener y disponer de título suficiente para esta ocupación. Para mayor información contacten con la Administración Concursal.
Referencia catastral
2587902QB2528N0001AO
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE SEVILLA
Datos de registro
Tomo: 1.505/ Libro: 140/ Folio: 13
Nº finca
6717
Porcentaje de propiedad
100 %
Tipo de inmueble
Nave Industrial
Superficie parcela
250 m2
Datos del expediente
Expediente: GERENA SIGLO XXI, S.L.
Nº expediente: 582/2022
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Sevilla
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de la concursada GERENA SIGLO XXI, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
martes, 4 de junio de 2024, a las 12:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
jueves, 4 de julio de 2024, a las 12:00 horas.

3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. Las ventas de estos activos se realizarán libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes y derechos.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas/pujas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de la Ley Concursal y las reglas especiales de liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, no se establece importe mínimo de partida en las subastas.

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo de 300,00€ respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas de QUINIENTOS EUROS (500,00€).

9. Para participar en la subasta se exigirá la prestación de una garantía o depósito correspondiente al 5% de la valoración del activo en el Plan de Liquidación, conforme se establece en la siguiente tabla:


LOTE VALOR PLAN DE LIQUIDACIÓN DEPÓSITO
LOTE 33 - NAVE INDUSTRIAL EN CONSTRUCCIÓN DE 250 m² EN GERENA 77.768,69 € 3.888,43 €

La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta GERENCIA SIGLO XXI, SL LOTE 13.


No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones.

Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

13. Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgará la escritura pública de compraventa, si fuese necesaria por tratarse de un bien inmueble.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado. No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

16. Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario, así como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Todos los impuestos y gastos que se deriven de la enajenación, adjudicación, venta o transmisión de cualquier activo, así como de la retirada de estos, desmontaje, transporte, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.
17. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.


Gastos, impuestos y cargas
Total deudas Tasas Municipales Varias (TRUA) ejercicios 2014 - 2024: 219,80€

Total deudas IBI ejercicios 2014 - 2024: 222,13€


Se deja expresa constancia de que este inmueble se halla en la actualidad ocupado, cuyo ocupante sostiene tener y disponer de título suficiente para esta ocupación. Para mayor información contacten con la Administración Concursal.

Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.


Documentos
CATASTRO FR 6717.pdf
MAPAS FR 6717.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
CALLE ROMERO, 29
Código Postal
41860
Población
Gerena
Provincia
Sevilla